Categoría: Boletines-SaraqLex

  • Boletín N° 158-2026

    BOLETIN N° 158-2026

    Porque estar al día en gestión pública es construir un mejor Characato

    En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas el 21 de agosto, entre ellas:

    1. MONITOREO NORMATIVO DIARIO

    Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.

    1. MONITOREO NORMATIVO DIARIO

    Fecha: 21/08/2026

    SARAQLEX

    MONITOREO NORMATIVO DIARIO

    Luego de la revisión integral de las publicaciones efectuadas en el Diario Oficial El Peruano correspondientes al 07 de agosto de 2026, no se identificaron normas de alcance general ni disposiciones con relevancia para la gestión pública que ameriten su incorporación al presente boletín. Las publicaciones del día correspondieron principalmente a actos administrativos y disposiciones de carácter sectorial o técnico, sin incidencia normativa general para las entidades públicas. En atención al criterio editorial de SARAQLEX, se difunden únicamente aquellas normas que generan impacto en la gestión pública, crean o modifican obligaciones, procedimientos, políticas públicas o lineamientos aplicables a las entidades del Estado. SARAQLEX continuará realizando el monitoreo diario de la normativa nacional con el propósito de brindar información jurídica oportuna, confiable y de utilidad para la gestión pública municipal.

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  • Boletín N° 157-2026

    BOLETIN N° 157-2026

    Porque estar al día en gestión pública es construir un mejor Characato

    En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas el 20 de agosto, entre ellas:

    1. RESOLUCIÓN N.° 000126-2026-SERVIR-PE
    2. RESOLUCIÓN N.° 000127-2026-SERVIR-PE
    3. RESOLUCIÓN JEFATURAL N.° 000232-2026-INDECI/JEF 

    Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.

    1. RESOLUCIÓN N.° 000126-2026-SERVIR-PE

    Fecha: 20/08/2026

    AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL

    FORMALIZAN ACUERDO QUE APRUEBA LA DIRECTIVA N° 001-2026-SERVIR LINEAMIENTOS QUE REGULAN EL EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN SUPERVISORA DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL

    La Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 000126-2026-SERVIR-PE formaliza el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) que aprueba la Directiva N.° 001-2026-SERVIR, “Lineamientos que regulan el ejercicio de la atribución supervisora de la Autoridad Nacional del Servicio Civil”, con el objeto de establecer las disposiciones que regulan el ejercicio de la función supervisora de SERVIR respecto de las entidades de la administración pública, en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos. Esta atribución comprende el seguimiento y la fiscalización posterior del cumplimiento de las políticas y normas del Sistema, así como la facultad de recomendar la revisión de decisiones y actos de las entidades, proponer medidas correctivas para fortalecer la gestión de sus Oficinas de Recursos Humanos y efectuar el seguimiento de su implementación. Asimismo, la norma deja sin efecto la anterior Directiva sobre esta materia, cuya aprobación fue formalizada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 000208-2023-SERVIR-PE, actualizando así los lineamientos aplicables a la labor de supervisión de SERVIR conforme al marco normativo vigente.

    Fecha: 20/08/2026

    AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL

    FORMALIZAN ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA DIRECTIVA N° 0002-2026-SERVIR LINEAMIENTOS PARA LA PLANIFICACIÓN MEDICIÓN Y ANÁLISIS DE LOS INDICADORES DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN LAS ENTIDADES PÚBLICAS

    La Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 000127-2026-SERVIR-PE formaliza el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) que aprueba la Directiva N.° 0002-2026-SERVIR, “Lineamientos para la planificación, medición y análisis de los indicadores de gestión de recursos humanos en las entidades públicas”, con la finalidad de establecer criterios estandarizados que permitan a las entidades públicas planificar, medir y analizar indicadores vinculados a la gestión de sus recursos humanos. La Directiva busca fortalecer la operatividad del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y facilitar el seguimiento del desempeño de las Oficinas de Recursos Humanos bajo criterios de objetividad y mejora continua, en concordancia con los objetivos estratégicos institucionales y la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030. De esta manera, los indicadores de gestión se consolidan como una herramienta técnica para generar información que contribuya a evaluar la gestión de recursos humanos, identificar oportunidades de mejora y fortalecer la toma de decisiones en las entidades públicas, en el marco de la rectoría que ejerce SERVIR sobre el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos.

    Fecha: 20/08/2026

    INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL

    APRUEBAN EL LINEAMIENTO PARA LA FORMULACIÓN DEL INFORME DE ACCIONES REALIZADAS Y RESULTADOS OBTENIDOS DE INTERVENCIONES EN NIVELES DE EMERGENCIA 4 Y 5 QUE PRESENTAN LAS ENTIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL. GOBIERNOS REGIONALES Y LOS GOBIERNOS LOCALES AL INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL; PRODUCTO DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS EN EL NIVEL FUNCIONAL PROGRAMÁTICO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL 0068 Y SUS ANEXOS

    La Resolución Jefatural N.° 000232-2026-INDECI/JEF aprueba, con eficacia anticipada al 15 de abril de 2026, el “Lineamiento para la formulación del Informe de acciones realizadas y resultados obtenidos de intervenciones en niveles de emergencia 4 y 5”, que deben presentar las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), respecto de las intervenciones financiadas mediante modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático del Programa Presupuestal 0068: Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres. El Lineamiento establece el procedimiento para la elaboración y presentación de dichos informes, así como las responsabilidades de las unidades competentes del INDECI para su recepción, obtención y consolidación, incorporando anexos para uniformizar la información reportada. Esta obligación se aplica a las intervenciones ejecutadas ante peligros inminentes o desastres correspondientes a niveles de emergencia 4 y 5 que cuenten con declaratoria de estado de emergencia vigente, debiendo las entidades de los tres niveles de gobierno remitir al INDECI, dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de cada trimestre de 2026, información sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos, a fin de que el INDECI consolide y publique los resultados de dichas intervenciones.

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  • Boletín N° 156-2026

    BOLETIN N° 156-2026

    Porque estar al día en gestión pública es construir un mejor Characato

    En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas el 19 de agosto, entre ellas:

    1. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N.° 000275-2026-PRODUCE
    2. RESOLUCIÓN JEFATURAL N.° 187-2026-INEI

    Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.

    1. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N.° 000275-2026-PRODUCE

    Fecha: 19/08/2026

    PRODUCE

    APRUEBAN LA DIRECTIVA GENERAL N° 000003-2026-PRODUCE-DM DENOMINADA DISPOSICIONES QUE REGULAN LA ATENCIÓN DE DENUNCIAS POR PRESUNTOS ACTOS DE CORRUPCIÓN Y EL OTORGAMIENTO DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN AL DENUNCIANTE EN EL MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN

    La Resolución Ministerial N.° 000275-2026-PRODUCE aprueba la Directiva General N.° 000003-2026-PRODUCE-DM, denominada “Disposiciones que regulan la atención de denuncias por presuntos actos de corrupción y el otorgamiento de medidas de protección al denunciante en el Ministerio de la Producción”, con la finalidad de optimizar la gestión administrativa, fortalecer la integridad institucional y garantizar un tratamiento adecuado, oportuno, eficiente y efectivo de las denuncias por presuntos actos de corrupción. La Directiva actualiza el marco interno del Ministerio de la Producción conforme a la normativa vigente sobre integridad y lucha contra la corrupción, regulando la recepción, evaluación, derivación, seguimiento y sistematización de las denuncias, así como la evaluación y otorgamiento de medidas de protección a los denunciantes, preservando el principio de reserva y contemplando también la identificación de denuncias efectuadas de mala fe. Asimismo, la norma se articula con la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano y con el Modelo de Integridad aplicable a las entidades del sector público, reforzando los mecanismos institucionales de prevención y atención de posibles actos de corrupción. Finalmente, deja sin efecto la Resolución Ministerial N.° 00199-2021-PRODUCE, que aprobó la anterior Directiva General N.° 00003-2021-PRODUCE, sustituyéndola por el nuevo marco procedimental.

    Fecha: 19/08/2026

    INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA

    APRUEBAN ÍNDICES UNIFICADOS DE PRECIOS DE LA CONSTRUCCIÓN PARA LAS TRECE (13) ÁREAS GEOGRÁFICAS CORRESPONDIENTES AL MES DE JULIO DE 2026

    La Resolución Jefatural N.° 187-2026-INEI aprueba los Índices Unificados de Precios de la Construcción correspondientes al mes de julio de 2026, tomando como base diciembre de 2025 = 100, para las trece (13) áreas geográficas establecidas a nivel nacional. Estos índices, elaborados por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), comprenden los precios correspondientes a materiales, equipos, herramientas, mano de obra y otros elementos e insumos que intervienen en la actividad de construcción, agrupados según características similares o afines, y permiten reflejar la variación de los costos de las obras en las distintas zonas del país. Para su aplicación, las trece áreas geográficas agrupan a los diferentes departamentos del territorio nacional; en particular, el Área Geográfica 6 comprende Arequipa, Moquegua y Tacna.

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  • Boletín N° 155-2026

    BOLETIN N° 155-2026

    Porque estar al día en gestión pública es construir un mejor Characato

    En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas el 18 de agosto, entre ellas:

    1. DECRETO DE URGENCIA N.° 008-2026
    2. DECRETO SUPREMO N.° 160-2026-EF

    Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.

    1. DECRETO DE URGENCIA N.° 008-2026

    Fecha: 18/08/2026

    DECRETO DE URGENCIA

    DECRETO DE URGENCIA QUE DICTA MEDIDAS PARA LA EJECUCIÓN DE INTERVENCIONES ANTE PELIGRO INMINENTE POR INTENSAS PRECIPITACIONES PLUVIALES ASOCIADOS AL FENÓMENO EL NIÑO 2026-2027 Y DICTAN OTRAS DISPOSICIONES

    El Decreto de Urgencia N.° 008-2026 establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para ejecutar intervenciones inmediatas frente al peligro inminente por intensas precipitaciones pluviales asociadas al Fenómeno El Niño 2026-2027, autorizando a la Autoridad Nacional del Agua (ANA) a realizar labores de limpieza, descolmatación y conformación de bordos en cauces de ríos y quebradas identificados como puntos críticos en Áncash, La Libertad, Lambayeque, Lima, Piura y Tumbes, así como instalar barreras dinámicas en quebradas vulnerables de Lima y Huarochirí, con el propósito de reducir riesgos y posibles daños a la población, infraestructura y áreas productivas. Para financiar estas intervenciones, autoriza transferencias de partidas a favor de la ANA por S/ 129 400 000,00 para las actividades en cauces y por S/ 50 059 056,00 para la instalación de barreras dinámicas, ambas con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas. Asimismo, establece responsabilidades sobre el uso y seguimiento de los recursos, incluyendo la publicación de informes trimestrales y finales y medidas para evitar la duplicidad de intervenciones; además, autoriza durante el Año Fiscal 2026 a las entidades del Gobierno Nacional y gobiernos regionales a efectuar determinadas modificaciones presupuestarias para proteger infraestructura pública y garantizar la continuidad de operaciones esenciales frente al Fenómeno El Niño. Finalmente, las entidades de los tres niveles de gobierno que reciban financiamiento o realicen dichas modificaciones deberán reportar mensualmente el avance físico y financiero de sus intervenciones, y la norma tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026

    Fecha: 18/08/2026

    ECONOMIA Y FINANZAS

    DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA LAS NORMAS REGLAMENTARIAS PARA LA APLICACIÓN DE LA SÉPTIMA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL DE LA LEY N° 32732 LEY QUE APRUEBA CRÉDITOS SUPLEMENTARIOS PARA EL FINANCIAMIENTO DE INVERSIONES PÚBLICAS ORIENTADAS AL CIERRE DE BRECHAS LA CONTINUIDAD DE LOS SERVICIOS DEL ESTADO Y GARANTIZAR LA TRANSICIÓN DEMOCRÁTICA; Y DICTA OTRAS MEDIDAS

    El Decreto Supremo N.° 160-2026-EF aprueba las normas reglamentarias para la aplicación de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 32732, orientadas a continuar el proceso de pago de deudas del Estado derivadas de sentencias judiciales del sector Educación con calidad de cosa juzgada y en ejecución al 31 de diciembre de 2025, para lo cual reactiva la Comisión Multisectorial encargada de elaborar y aprobar el listado complementario de beneficiarios. La norma establece que la cancelación o amortización podrá efectuarse hasta por S/ 20 000,00 por beneficiario, aplicando criterios de priorización que otorgan atención preferente, entre otros, a acreedores mayores de 65 años y personas con enfermedad en fase avanzada o terminal; asimismo, regula los procedimientos, responsabilidades y plazos que deberán cumplir las entidades del Gobierno Nacional y los gobiernos regionales para presentar y validar la información mediante el aplicativo “Demandas Judiciales y Arbitrales en contra del Estado”. La Comisión Multisectorial deberá elaborar y aprobar, dentro de los sesenta (60) días hábiles desde el inicio de sus funciones, el listado complementario correspondiente, cuyo monto total no podrá superar los S/ 85 000 000,00, que serán destinados a financiar la atención de estas obligaciones judiciales. Además, se establecen responsabilidades de los comités permanentes, acciones de control a cargo de la Contraloría General de la República y supervisión por parte de la Procuraduría General del Estado, así como las formalidades y vigencia de los documentos médicos utilizados para acreditar condiciones de atención preferente, buscando garantizar un proceso ordenado, verificable y sujeto a criterios de priorización para el pago de las sentencias judiciales del sector Educación.

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  • Boletín N° 154-2026

    BOLETIN N° 154-2026

    Porque estar al día en gestión pública es construir un mejor Characato

    En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas del 15 al 17 de agosto, entre ellas:

    1. DECRETO DE URGENCIA N.° 007-2026
    2. RESOLUCIÓN JEFATURAL N.° 0201-2026-ANA
    3. DECRETO SUPREMO N° 158-2026-EF
    4. RESOLUCIÓN N.° 021-2026-PRODUCE/PROINNÓVATE

    Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.

    1. DECRETO DE URGENCIA N.° 007-2026

    Fecha: 15/08/2026 – 17/08/2026

    DECRETO DE URGENCIA

    DECRETO DE URGENCIA QUE ESTABLECE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS EN MATERIA ECONÓMICA Y FINANCIERA PARA GARANTIZAR LA CONTINUIDAD DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE TERRESTRE ANTE EL INCREMENTO DEL COSTO DEL COMBUSTIBLE

    La Decreto de Urgencia N.° 007-2026 establece medidas extraordinarias y temporales en materia económica y financiera para garantizar la continuidad del servicio público de transporte terrestre de personas, en los ámbitos nacional, regional y provincial, así como del transporte terrestre de mercancías, frente al incremento del precio de los combustibles y su impacto en los costos de operación, pasajes, fletes y bienes y servicios. Para ello, crea por un periodo de tres (3) meses dos mecanismos de subsidio: el Mecanismo de Estabilidad del Transporte para Asegurar la Continuidad Operativa a nivel Nacional (META-Nacional) y el Mecanismo de Estabilidad del Transporte para Asegurar la Continuidad Operativa en Lima y Callao (META-Lima y Callao); en el primer caso, se reconoce un subsidio de S/ 4,00 por galón de diésel B5 y B20 efectivamente adquirido y sustentado mediante comprobantes de pago electrónicos, mientras que para Lima y Callao el beneficio se determina en función del kilometraje efectivo recorrido y validado mediante los sistemas de monitoreo de la ATU. Asimismo, la norma dispone que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, los Gobiernos Regionales y las Municipalidades Provinciales proporcionen a la ATU información actualizada sobre autorizaciones y habilitaciones vehiculares, siendo dicha remisión necesaria para la validación y otorgamiento del subsidio correspondiente. Para financiar estas medidas, autoriza transferencias de partidas a favor de la ATU por hasta S/ 60 millones para el META-Nacional y S/ 45 millones para el META-Lima y Callao, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; además, establece mecanismos de interoperabilidad, control posterior, prevención de duplicidad de beneficios y publicación de los beneficiarios y montos otorgados. La norma tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.

    Fecha: 15/08/2026 – 17/08/2026

    AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA

    APRUEBAN LA HOJA DE RUTA NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y RESTAURACIÓN DE ECOSISTEMAS ASOCIADOS AL AGUA – META 6.6 DEL OBJETIVO DE DESARROLLO SOSTENIBLE 6 (ODS 6)

    La Resolución Jefatural N.° 0201-2026-ANA aprueba la “Hoja de Ruta Nacional para la Protección y Restauración de Ecosistemas Asociados al Agua – Meta 6.6 del Objetivo de Desarrollo Sostenible 6 (ODS 6)”, como instrumento orientador para articular e implementar acciones destinadas a la conservación, protección y restauración de los ecosistemas asociados al agua en el país, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el Perú en el marco de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. La Hoja de Ruta busca fortalecer la gobernanza, regulación, financiamiento, generación de información, monitoreo, desarrollo de capacidades e innovación en esta materia, contribuyendo además a la seguridad hídrica, la conservación de la biodiversidad y la resiliencia frente al cambio climático. Asimismo, dispone que la Autoridad Nacional del Agua (ANA), conjuntamente con las entidades del Sector Público y en el marco de sus respectivas competencias, promueva la adopción de las acciones previstas en dicho instrumento, correspondiendo a la ANA efectuar el seguimiento de su implementación. Finalmente, establece que las acciones serán financiadas con cargo al presupuesto institucional de la ANA, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, pudiendo también recurrirse a fondos de cooperación nacional o internacional.

    Fecha: 15/08/2026 – 17/08/2026

    ECONOMIA Y FINANZAS

    DECRETO SUPREMO QUE AUTORIZA TRANSFERENCIA DE PARTIDAS EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2026 A FAVOR DE LA OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL

    El Decreto Supremo N.° 158-2026-EF autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 hasta por S/ 89 534 482,00, con cargo a los presupuestos institucionales de diversas entidades del Gobierno Nacional y a favor de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), con la finalidad de financiar el pago de pensiones, aguinaldos, bonificaciones y demás conceptos correspondientes a 15 971 pensionistas del régimen del Decreto Ley N.° 20530, en el marco del proceso progresivo de transferencia de la administración y pago de dichas pensiones a la ONP, entidad que asumirá su pago a partir de septiembre de 2026. Asimismo, dispone que los titulares de los pliegos involucrados aprueben, mediante resolución, la desagregación de los recursos transferidos a nivel programático dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la entrada en vigencia de la norma, correspondiendo a las oficinas de Presupuesto efectuar las acciones y modificaciones presupuestarias necesarias para su implementación. Finalmente, establece que los recursos transferidos no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos de aquellos para los cuales fueron autorizados, asegurando su utilización exclusiva para el cumplimiento de las obligaciones previsionales correspondientes.

    Fecha: 15/08/2026 – 17/08/2026

    ECONOMIA Y FINANZAS

    APRUEBAN OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES A FAVOR DE BENEFICIARIOS PARA COFINANCIAR PROYECTOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE INNOVACIÓN MODERNIZACIÓN TECNOLÓGICA Y EMPRENDIMIENTO Y DEL FONDO MIPYME EMPRENDEDOR

    La Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 021-2026-PRODUCE/PROINNÓVATE aprueba el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas beneficiarias por un monto total de S/ 1 367 077,08, con cargo al Presupuesto Institucional 2026 de PROINNÓVATE, destinadas a cofinanciar proyectos en el marco del “Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento” y del Fondo MIPYME Emprendedor. Los recursos comprenden S/ 367 913,60 de Recursos Ordinarios, S/ 136 722,90 de Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito y S/ 862 440,58 de Donaciones y Transferencias, y financiarán iniciativas vinculadas, entre otros ámbitos, a centros de servicios digitales, emprendimientos dinámicos e innovadores, digitalización y mejora de la calidad de las MIPYME, economía circular, cambio climático, desarrollo de proveedores, clústeres e innovación empresarial. Asimismo, la norma dispone que la Unidad de Administración y la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización realicen las acciones administrativas necesarias para concretar el otorgamiento de las subvenciones, contribuyendo al fortalecimiento de la innovación, modernización tecnológica, productividad y competitividad de las MIPYME y emprendimientos beneficiarios.

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  • Boletín N° 153-2026

    BOLETIN N° 153-2026

    Porque estar al día en gestión pública es construir un mejor Characato

    En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas el 14 de agosto, entre ellas:

    1. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 691-2026/MINSA

    Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.

    1. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 691-2026/MINSA

    Fecha: 14/08/2026

    SALUD

    APRUEBAN EL DOCUMENTO TÉCNICO: LINEAMIENTOS PARA LA FORMULACIÓN Y APROBACIÓN DEL PLAN DE GESTIÓN REACTIVA EN SALUD

    La Resolución Ministerial N.° 691-2026/MINSA aprueba el Documento Técnico: “Lineamientos para la Formulación y Aprobación del Plan de Gestión Reactiva en Salud”, con la finalidad de orientar la planificación del Sector Salud frente a situaciones de peligro inminente o desastres, en concordancia con el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD). Los lineamientos establecen el marco para la formulación y aprobación del Plan de Gestión Reactiva en Salud, instrumento destinado a organizar y articular las acciones vinculadas a los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación, procurando una atención adecuada y oportuna de las personas afectadas y la continuidad o recuperación de los servicios esenciales de salud ante emergencias y desastres. La norma se sustenta en la obligación de las entidades públicas del nivel nacional de formular e implementar planes específicos de gestión reactiva conforme a sus competencias y fortalece el rol rector del Ministerio de Salud en la planificación y coordinación sectorial para la gestión del riesgo de desastres, contribuyendo a mejorar la capacidad de respuesta y la articulación institucional del Sector Salud.

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  • Boletín N° 152-2026

    BOLETIN N° 152-2026

    Porque estar al día en gestión pública es construir un mejor Characato

    En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas el 13 de agosto, entre ellas:

    1. DECRETO SUPREMO N° 116-2026-PCM

    Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.

    1. DECRETO SUPREMO N° 116-2026-PCM

    Fecha: 13/08/2026

    PRESIDENCIA DE CONSEJO DE MINISTROS

    DECRETO SUPREMO QUE DECLARA EL ESTADO DE EMERGENCIA EN VARIOS DISTRITOS DE ALGUNAS PROVINCIAS DE LOS DEPARTAMENTOS DE APURÍMAC AREQUIPA AYACUCHO CUSCO HUANCAVELICA HUÁNUCO JUNÍN LA LIBERTAD LORETO MADRE DE DIOS MOQUEGUA PASCO PUNO SAN MARTÍN TACNA Y UCAYALI POR PELIGRO INMINENTE ANTE DÉFICIT HÍDRICO PARA EL PERÍODO DE LLUVIAS 2026-2027

    El Decreto Supremo N.° 116-2026-PCM declara el Estado de Emergencia por sesenta (60) días calendario en diversos distritos de los departamentos de Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín, Tacna y Ucayali, ante el peligro inminente generado por el déficit hídrico previsto para el período de lluvias 2026-2027, debido a la disminución progresiva de caudales, reducción de los volúmenes almacenados en embalses y las condiciones asociadas al desarrollo del fenómeno El Niño, situación que podría afectar a la población, la agricultura y la ganadería, entre otros sectores. La norma dispone que los gobiernos regionales y locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación de los sectores competentes del Gobierno Nacional, ejecuten medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias para reducir el Muy Alto Riesgo existente, así como las acciones de respuesta y rehabilitación que correspondan, las cuales deberán guardar relación directa con el evento y sustentarse técnicamente. Asimismo, establece que dichas intervenciones serán financiadas con cargo a los presupuestos institucionales de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, fortaleciendo la actuación articulada de los distintos niveles de gobierno frente al riesgo de escasez hídrica.

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  • Boletín N° 151-2026

    BOLETIN N° 151-2026

    Porque estar al día en gestión pública es construir un mejor Characato

    En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas el 12 de agosto, entre ellas:

    1. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 680-2026/MINSA
    2. RESOLUCIÓN N.° 000098-2026-CD/OSIPTEL

    Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.

    1. DECRETO SUPREMO N.° 012-2026-SA

    Fecha: 12/08/2026

    SALUD

    DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA LOS LINEAMIENTOS PARA EL PROCESO DE ASCENSO MEDIANTE CONCURSO INTERNO DE LOS PROFESIONALES DE LA SALUD Y TÉCNICOS Y AUXILIARES ASISTENCIALES DE LA SALUD EN EL MARCO DE LA CENTÉSIMA TERCERA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL DE LA LEY N° 32513 LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2026

    El Decreto Supremo N.° 012-2026-SA aprueba los Lineamientos para desarrollar el proceso de ascenso mediante concurso interno de los profesionales de la salud y técnicos y auxiliares asistenciales nombrados, en el marco de la Ley N.° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026. El proceso comprende al personal registrado en el AIRHSP al 31 de julio de 2024 y permite, según el tiempo de permanencia y servicios acumulados, el ascenso de uno o hasta dos niveles remunerativos; asimismo, establece los requisitos, condiciones, factores de evaluación, etapas del concurso, conformación y responsabilidades de las comisiones encargadas de su conducción, así como los mecanismos de reconsideración y apelación. Los Lineamientos son aplicables al Ministerio de Salud y sus unidades ejecutoras, organismos especializados, unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y otras entidades públicas comprendidas en el Decreto Legislativo N.° 1153. Además, regulan la actualización del CAP Provisional, PAP y AIRHSP, el financiamiento y la posterior emisión y notificación de las resoluciones de ascenso, estableciendo responsabilidades para los titulares de las unidades ejecutoras y las oficinas de Presupuesto y Recursos Humanos, con el propósito de garantizar una implementación ordenada, transparente y conforme a la disponibilidad presupuestal del proceso de progresión del personal de salud.

    Fecha: 12/08/2026

    GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA

    APRUEBAN TRANSFERENCIA FINANCIERA DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA EN FAVOR DE LAS MUNICIPALIDADES PROVINCIALES DEL ÁMBITO GEOGRÁFICO DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO PARA FINANCIAR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DELEGADOS A LAS MUNICIPALIDADES DE CENTROS POBLADOS

    El Acuerdo Regional N.° 198-2026-GRA/CR-AREQUIPA aprueba una transferencia financiera del Gobierno Regional de Arequipa hasta por S/ 396 000,00, a favor de las municipalidades provinciales correspondientes al ámbito geográfico de 24 municipalidades de centros poblados, con la finalidad de financiar la prestación de servicios públicos que les han sido delegados, en el marco de la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026. La transferencia se hará efectiva previa suscripción de los respectivos convenios con las municipalidades provinciales y contempla S/ 16 500,00 por cada centro poblado, destinados, según cada caso, a servicios como limpieza pública, mantenimiento de áreas verdes y espacios públicos, seguridad ciudadana, registro civil, manejo de residuos sólidos, mantenimiento de caminos, salubridad, servicios básicos y otras competencias municipales delegadas. Asimismo, corresponde a las municipalidades provinciales verificar que las municipalidades de centros poblados hayan cumplido con la adecuación prevista en la Ley N.° 31079. Finalmente, se designa a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Arequipa como responsable del monitoreo y seguimiento del cumplimiento de los fines y metas de los recursos transferidos, precisándose que dichas transferencias podrán ser objeto de fiscalización por parte del Consejo Regional.

    Fecha: 12/08/2026

    GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA

    ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL PLAN REGIONAL DE COMPETITIVIDAD Y PRODUCTIVIDAD DE AREQUIPA AL 2035 – PRCP AREQUIPA 2035

    La Ordenanza Regional N.° 557-AREQUIPA aprueba el Plan Regional de Competitividad y Productividad de Arequipa al 2035 – PRCP Arequipa 2035, como instrumento orientado a fortalecer la competitividad y productividad regional mediante 31 medidas de política y 207 hitos de implementación, articulados en 9 objetivos prioritarios. La norma dispone que las entidades responsables de ejecutar las medidas incorporen los compromisos, hitos e indicadores del Plan en sus respectivos instrumentos de planificación y gestión institucional. Asimismo, encarga a la Gerencia General Regional implementar un mecanismo permanente de seguimiento y reporte de avances mediante el aplicativo informático “AYNI”, en coordinación con la Secretaría Técnica del Consejo Regional de Competitividad y Productividad y el Consejo Nacional de Competitividad y Formalización, debiendo registrar y actualizar periódicamente el cumplimiento de actividades, hitos e indicadores. La implementación estará a cargo del Gobernador Regional, en coordinación con la Gerencia General Regional, las oficinas competentes en materia de planeamiento y presupuesto y demás dependencias involucradas, consolidando así una hoja de ruta regional hacia el año 2035 para orientar de manera articulada las acciones destinadas a mejorar la competitividad y productividad de Arequipa.

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  • Boletín N° 150-2026

    BOLETIN N° 150-2026

    Porque estar al día en gestión pública es construir un mejor Characato

    En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas el 11 de agosto, entre ellas:

    1. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 680-2026/MINSA
    2. RESOLUCIÓN N.° 000098-2026-CD/OSIPTEL

    Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.

    1. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 680-2026/MINSA

    Fecha: 11/08/2026

    SALUD

    DISPONEN LA PUBLICACIÓN DEL PROYECTO DE REGLAMENTO DE LA LEY N° 32382 LEY QUE ESTABLECE EL CENTRO ESPECIALIZADO EN INVESTIGACIÓN Y ATENCIÓN INTEGRAL PARA LAS PERSONAS CON TRASTORNO DEL ESPECTRO AUTISTA Y EL OBSERVATORIO PARA LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS CON TRASTORNO DEL ESPECTRO AUTISTA DEL PROYECTO DE SU EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Y DEL PROYECTO DE DECRETO SUPREMO QUE LO APRUEBA

    La Resolución Ministerial N.° 680-2026/MINSA dispone la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley N.° 32382, así como de su exposición de motivos y del proyecto de Decreto Supremo que lo aprueba, con la finalidad de recibir aportes de la sociedad civil, entidades públicas y privadas y ciudadanía en general. La propuesta busca desarrollar el marco normativo para la implementación del Centro Especializado en Investigación y Atención Integral para las Personas con Trastorno del Espectro Autista, con alcance nacional, enfoque descentralizado y atención durante todo el ciclo de vida, así como del Observatorio para la Protección de las Personas con Trastorno del Espectro Autista, encargado de monitorear y evaluar las políticas públicas vinculadas a esta población. La norma establece un plazo de treinta (30) días hábiles para la presentación de sugerencias, comentarios y recomendaciones, garantizando además el derecho de consulta de las organizaciones de y para personas con discapacidad, y encarga a la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública la recepción, sistematización y evaluación de los aportes para la elaboración de la propuesta final del Reglamento.

    Fecha: 11/08/2026

    ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES

    APRUEBAN PUBLICACIÓN PARA COMENTARIOS DEL PROYECTO DE NORMA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 3 DE LAS RESOLUCIONES N° 000034-2025-CD/OSIPTEL Y N° 000103-2025-CD/OSIPTEL

    La Resolución N.° 000098-2026-CD/OSIPTEL aprueba la publicación para comentarios del proyecto de norma que modifica el artículo 3 de las Resoluciones N.° 000034-2025-CD/OSIPTEL y N.° 000103-2025-CD/OSIPTEL, con la finalidad de ampliar los plazos aplicables a la terminación de relaciones de compartición de infraestructura de telecomunicaciones y a la reubicación de equipos, ante la complejidad operativa identificada tras la pérdida de la condición de Proveedor Importante de Integratel Perú S.A.A. La propuesta busca facilitar una transición ordenada entre las empresas involucradas, otorgar un mayor margen para la negociación de las condiciones de compartición y reducir los riesgos que una terminación simultánea de múltiples relaciones contractuales podría generar sobre la continuidad de los servicios públicos de telecomunicaciones y la competencia en el mercado. Asimismo, dispone la publicación del proyecto, su Exposición de Motivos y el Análisis de Impacto Regulatorio, estableciendo un plazo de quince (15) días calendario para la presentación de comentarios por los interesados, los cuales serán procesados y sistematizados por la Dirección de Políticas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL.

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  • Boletín N° 149-2026

    BOLETIN N° 149-2026

    Porque estar al día en gestión pública es construir un mejor Characato

    En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas del 8 de agosto al 10 de agosto, entre ellas:

    1. RESOLUCION N.° D000496-2026-JUS/PGE-PG
    2. RESOLUCION JEFATURAL N.° 0194-2026-ANA
    3. DECRETO SUPREMO N.° 009-2026-MIDAGRI

    Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.

    1. RESOLUCION N.° D000496-2026-JUS/PGE-PG

    Fecha: 08/08/2026 – 10/08/2026

    PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO

    FORMALIZAN ACUERDO DEL CONSEJO DIRECTIVO QUE APRUEBA LA DIRECTIVA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE DELEGACIÓN DE REPRESENTACIÓN PARA LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO

    La Resolución N.° D000496-2026-JUS/PGE-PG formaliza el acuerdo del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado que aprueba la “Directiva que establece el procedimiento de delegación de representación para la defensa jurídica del Estado”. Este instrumento tiene por finalidad establecer el procedimiento aplicable para que los procuradores públicos puedan delegar representación a favor de abogados vinculados a su despacho o, conforme a los parámetros correspondientes, a abogados de otras entidades públicas, con el propósito de asegurar una defensa jurídica eficiente y adecuada de los intereses del Estado en sede jurisdiccional y no jurisdiccional, tanto a nivel nacional como extranjero. La Directiva se enmarca en las competencias de la Procuraduría General del Estado como ente rector del Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y busca uniformizar la actuación de sus operadores en materia de delegación de representación. Asimismo, la resolución dispone su publicación junto con el anexo que contiene la Directiva en la sede digital de la Procuraduría General del Estado.

    Fecha: 08/08/2026 – 10/08/2026

    AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA

    MODIFICAN EL REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIÓN DE VERTIMIENTOS Y REÚSO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS

    La Resolución Jefatural N.° 0194-2026-ANA modifica el Reglamento para el otorgamiento de autorizaciones de vertimiento y reúso de aguas residuales tratadas, con la finalidad de adecuar sus requisitos y procedimientos a la normativa hídrica vigente y promover una mayor celeridad en la tramitación administrativa. Entre sus principales cambios, precisa los supuestos en los que no se requiere contar con derecho de uso de agua para obtener una autorización de vertimiento, modifica las condiciones para solicitar cambios en las autorizaciones y establece que la renovación, cuando se mantengan las mismas condiciones, se encuentra sujeta a un procedimiento de aprobación automática. Asimismo, elimina determinados requisitos previamente contemplados e incorpora disposiciones para situaciones de emergencia ocasionadas por eventos climatológicos extremos, estableciendo la aplicación de planes de contingencia y la obligación de comunicar las descargas extraordinarias a las autoridades competentes dentro de las 24 horas de producido el evento. Finalmente, dispone que los procedimientos administrativos que se encuentren en trámite deberán adecuarse a las nuevas disposiciones sin retrotraer etapas ni suspender plazos, contribuyendo a simplificar y actualizar la gestión administrativa vinculada al vertimiento y reúso de aguas residuales tratadas.

    Fecha: 08/08/2026 – 10/08/2026

    DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO

    DECRETO SUPREMO QUE DISPONE LA EJECUCIÓN DEL PROCESO DE REORGANIZACIÓN DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Y APRUEBA MEDIDAS PRIORITARIAS PARA SU TRANSFORMACIÓN INSTITUCIONAL

    La El Decreto Supremo N.° 009-2026-MIDAGRI dispone la ejecución inmediata del proceso de reorganización de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), con la finalidad de fortalecer su rol rector y técnico-normativo, mejorar la calidad, oportunidad, integridad, trazabilidad y predictibilidad de sus servicios y procedimientos, y consolidar la gestión integrada de los recursos hídricos con enfoque de cuenca. La reorganización comprende el rediseño de su estructura organizacional, la simplificación administrativa, la transformación digital e interoperabilidad, el fortalecimiento del control interno y la integridad, la profesionalización del personal y la mejora de la gestión territorial. Asimismo, establece medidas inmediatas como la implementación de un inventario único de expedientes, trazabilidad digital, estándares y plazos internos de atención, mecanismos de alerta para expedientes críticos y un tablero público de resultados. La norma dispone además la formulación de un nuevo modelo organizacional de la ANA y establece mecanismos de seguimiento y rendición de cuentas, sin suspender los procedimientos, servicios ni obligaciones institucionales durante la reorganización. Finalmente, establece plazos concretos para su implementación: la ANA deberá aprobar su Plan de Implementación de la Reorganización dentro de los diez (10) días hábiles y remitir la propuesta de su Reglamento de Organización y Funciones al MIDAGRI en un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles.

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