En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas del 15 al 17 de agosto, entre ellas:
Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.
La Decreto de Urgencia N.° 007-2026 establece medidas extraordinarias y temporales en materia económica y financiera para garantizar la continuidad del servicio público de transporte terrestre de personas, en los ámbitos nacional, regional y provincial, así como del transporte terrestre de mercancías, frente al incremento del precio de los combustibles y su impacto en los costos de operación, pasajes, fletes y bienes y servicios. Para ello, crea por un periodo de tres (3) meses dos mecanismos de subsidio: el Mecanismo de Estabilidad del Transporte para Asegurar la Continuidad Operativa a nivel Nacional (META-Nacional) y el Mecanismo de Estabilidad del Transporte para Asegurar la Continuidad Operativa en Lima y Callao (META-Lima y Callao); en el primer caso, se reconoce un subsidio de S/ 4,00 por galón de diésel B5 y B20 efectivamente adquirido y sustentado mediante comprobantes de pago electrónicos, mientras que para Lima y Callao el beneficio se determina en función del kilometraje efectivo recorrido y validado mediante los sistemas de monitoreo de la ATU. Asimismo, la norma dispone que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, los Gobiernos Regionales y las Municipalidades Provinciales proporcionen a la ATU información actualizada sobre autorizaciones y habilitaciones vehiculares, siendo dicha remisión necesaria para la validación y otorgamiento del subsidio correspondiente. Para financiar estas medidas, autoriza transferencias de partidas a favor de la ATU por hasta S/ 60 millones para el META-Nacional y S/ 45 millones para el META-Lima y Callao, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; además, establece mecanismos de interoperabilidad, control posterior, prevención de duplicidad de beneficios y publicación de los beneficiarios y montos otorgados. La norma tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.
La Resolución Jefatural N.° 0201-2026-ANA aprueba la “Hoja de Ruta Nacional para la Protección y Restauración de Ecosistemas Asociados al Agua – Meta 6.6 del Objetivo de Desarrollo Sostenible 6 (ODS 6)”, como instrumento orientador para articular e implementar acciones destinadas a la conservación, protección y restauración de los ecosistemas asociados al agua en el país, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el Perú en el marco de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. La Hoja de Ruta busca fortalecer la gobernanza, regulación, financiamiento, generación de información, monitoreo, desarrollo de capacidades e innovación en esta materia, contribuyendo además a la seguridad hídrica, la conservación de la biodiversidad y la resiliencia frente al cambio climático. Asimismo, dispone que la Autoridad Nacional del Agua (ANA), conjuntamente con las entidades del Sector Público y en el marco de sus respectivas competencias, promueva la adopción de las acciones previstas en dicho instrumento, correspondiendo a la ANA efectuar el seguimiento de su implementación. Finalmente, establece que las acciones serán financiadas con cargo al presupuesto institucional de la ANA, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, pudiendo también recurrirse a fondos de cooperación nacional o internacional.
El Decreto Supremo N.° 158-2026-EF autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 hasta por S/ 89 534 482,00, con cargo a los presupuestos institucionales de diversas entidades del Gobierno Nacional y a favor de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), con la finalidad de financiar el pago de pensiones, aguinaldos, bonificaciones y demás conceptos correspondientes a 15 971 pensionistas del régimen del Decreto Ley N.° 20530, en el marco del proceso progresivo de transferencia de la administración y pago de dichas pensiones a la ONP, entidad que asumirá su pago a partir de septiembre de 2026. Asimismo, dispone que los titulares de los pliegos involucrados aprueben, mediante resolución, la desagregación de los recursos transferidos a nivel programático dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la entrada en vigencia de la norma, correspondiendo a las oficinas de Presupuesto efectuar las acciones y modificaciones presupuestarias necesarias para su implementación. Finalmente, establece que los recursos transferidos no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos de aquellos para los cuales fueron autorizados, asegurando su utilización exclusiva para el cumplimiento de las obligaciones previsionales correspondientes.
La Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 021-2026-PRODUCE/PROINNÓVATE aprueba el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas beneficiarias por un monto total de S/ 1 367 077,08, con cargo al Presupuesto Institucional 2026 de PROINNÓVATE, destinadas a cofinanciar proyectos en el marco del “Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento” y del Fondo MIPYME Emprendedor. Los recursos comprenden S/ 367 913,60 de Recursos Ordinarios, S/ 136 722,90 de Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito y S/ 862 440,58 de Donaciones y Transferencias, y financiarán iniciativas vinculadas, entre otros ámbitos, a centros de servicios digitales, emprendimientos dinámicos e innovadores, digitalización y mejora de la calidad de las MIPYME, economía circular, cambio climático, desarrollo de proveedores, clústeres e innovación empresarial. Asimismo, la norma dispone que la Unidad de Administración y la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización realicen las acciones administrativas necesarias para concretar el otorgamiento de las subvenciones, contribuyendo al fortalecimiento de la innovación, modernización tecnológica, productividad y competitividad de las MIPYME y emprendimientos beneficiarios.