Categoría: Boletines-SaraqLex

  • BOLETIN N° 038-2026

    BOLETIN N° 038-2026

    Porque estar al día en gestión pública es construir un mejor Characato

    En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas el miercoles 4 de marzo, entre ellas:

    1.  RESOLUCION MINISTERIAL N° D000050-2026-MIDIS

    2. DECRETO SUPREMO N° 003-2026-MINEDU

    3. ACUERDO N° 035-2026-GRA/CR.AREQUIPA

    Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.

    RESOLUCION MINISTERIAL N° D000050-2026-MIDIS

    Fecha: 05/03/2026

    Desarrollo e inclusion social

    APRUEBAN LAS BASES DE LA DÉCIMA EDICIÓN DEL PREMIO NACIONAL SELLO MUNICIPAL INCLUIR PARA CRECER GESTIÓN LOCAL PARA LAS PERSONAS

    La Resolución Ministerial N° D000050-2026-MIDIS aprueba las Bases de la Décima Edición del Premio Nacional “Sello Municipal Incluir para Crecer: Gestión local para las personas”, iniciativa del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social orientada a reconocer a los gobiernos locales que implementan de manera efectiva acciones e indicadores que contribuyen a mejorar la calidad de los servicios públicos dirigidos a la ciudadanía, en concordancia con la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030; en ese marco, se dispone que el Viceministerio de Políticas y Evaluación Social organice e implemente el proceso anual del premio, facultándolo además para emitir las disposiciones necesarias que permitan la adecuada ejecución de las bases aprobadas, las cuales serán publicadas junto con la resolución en la sede digital institucional del MIDIS, promoviendo así la articulación entre el gobierno nacional y los gobiernos locales para fortalecer la gestión municipal orientada al desarrollo e inclusión social.

    Fecha: 05/03/2026

    economia y finanzas

    DECRETO SUPREMO QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 32 DEL REGLAMENTO DE LA LEY N° 28036 LEY DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO DEL DEPORTE APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 018-2004-PCM

    El Decreto Supremo N.° 003-2026-MINEDU modifica el artículo 32 del Reglamento de la Ley N° 28036, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2004-PCM, con la finalidad de adecuar su contenido a las modificaciones introducidas por la Ley N° 31978. La norma establece que los deportistas calificados, deportistas calificados de alto nivel y paradeportistas tienen derecho a acceder a becas para estudios de pregrado y posgrado, con el objetivo de fortalecer su formación académica y profesional mientras desarrollan su carrera deportiva. Asimismo, dispone que el Instituto Peruano del Deporte gestione ante entidades públicas y privadas el otorgamiento de dichas becas, incluyendo a estudiantes reconocidos como talentos deportivos, y establece que los deportistas de alto nivel y paradeportistas también podrán recibir premios o distinciones adicionales que determine dicha entidad mediante resolución de presidencia, promoviendo así el reconocimiento y desarrollo integral de los deportistas en el país.

    Fecha: 05/03/2026

    gobierno regional de arequipa

    APRUEBAN AUTORIZACIÓN DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA PARA LA INCORPORACIÓN DE RECURSOS MEDIANTE CRÉDITO SUPLEMENTARIO POR MAYORES INGRESOS PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN

    El Acuerdo Regional N.° 035-2026-GRA/CR-AREQUIPA, aprobado por el Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, autoriza una modificación presupuestaria mediante la incorporación de recursos a través de crédito suplementario por mayores ingresos en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, hasta por el monto de S/ 284 703 435, destinados a financiar los proyectos de inversión “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Salud del Establecimiento de Salud Maritza Campos Díaz del distrito de Cerro Colorado, provincia de Arequipa, Arequipa” (CUI N.° 2322531) y “Mejoramiento de los Servicios de Salud del Hospital de Camaná, distrito y provincia de Camaná – región Arequipa” (CUI N.° 2279710), con el objetivo de fortalecer la infraestructura y la capacidad de atención de los servicios de salud en la región. Asimismo, se dispone que la incorporación efectiva de los recursos al presupuesto del pliego Gobierno Regional de Arequipa se realice conforme a los desembolsos efectuados por la Dirección General del Tesoro Público y la información reportada por la Oficina de Tesorería de la sede central, en cumplimiento de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1440 y en la Ley N° 27867.

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  • BOLETIN N° 037-2026

    BOLETIN N° 037-2026

    Porque estar al día en gestión pública es construir un mejor Characato

    En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas el miercoles 4 de marzo, entre ellas:

    1. RESOLUCION MINISTERIAL N° 065-2026-PCM

    2. RESOLUCION DIRECTORAL N° 0004-2026-EF/51.01

    3. RESOLUCION MINISTERIAL N° 000071-2026-MIMP

    4. RESOLUCION MINISTERIAL N° 107-2026-MTC/01

    5. RESOLUCION N° 0019-2026/SBN

    6. RESOLUCION JEFATURAL N° 064-2026-INEI

    Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.

    RESOLUCION MINISTERIAL N° 065-2026-PCM

    Fecha: 04/03/2026

    presidencia de concejo de ministros

    APRUEBAN EL PLAN ANUAL DE TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS SECTORIALES A LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES 2026 DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

    La Resolución Ministerial N° 065-2026-PCM aprueba el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales 2026” de la Presidencia del Consejo de Ministros, en cumplimiento de la Constitución Política del Perú y de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, así como de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. El Plan establece las acciones, etapas y responsabilidades para la transferencia progresiva y ordenada de competencias y funciones del sector PCM hacia los gobiernos regionales y locales durante el año 2026, conforme a la Directiva N° 001-2024-PCM-SD aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 003-2024-PCM/SD. La propuesta fue sustentada por el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC) y aprobada por la Comisión Sectorial de Transferencia de la PCM, garantizando que el proceso de descentralización se ejecute con criterios técnicos, planificación previa y articulación intergubernamental, promoviendo un ejercicio equilibrado de competencias en beneficio del desarrollo integral del país.

    Fecha: 04/03/2026

    economia y finanzas

    ESTABLECEN EL MARCO CONTABLE SIMPLIFICADO Y SU ÁMBITO DE APLICACIÓN COMO PARTE DE LA NORMATIVA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD Y APRUEBAN INSTRUCTIVO

    La Resolución Directoral N° 0004-2026-EF/51.01 establece el Marco Contable Simplificado como parte de la normativa del Sistema Nacional de Contabilidad, con aplicación obligatoria desde el ejercicio fiscal 2026 para las entidades del Sector Público calificadas como “menos complejas”, cuya relación se aprueba como anexo. La medida, emitida por la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas en su calidad de ente rector del sistema, responde a la necesidad de adecuar las exigencias contables a la realidad operativa de determinadas entidades que, por su tamaño y nivel de complejidad, requieren criterios técnicos proporcionales y de costo-beneficio, sin apartarse del marco general basado en las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP). Asimismo, se aprueba el Instructivo N° 0001-2026-EF/51.01, “Manual del Marco Contable Simplificado para Entidades Menos Complejas”, que desarrolla lineamientos técnicos para la preparación y presentación de la información financiera, y se dispone la implementación progresiva de las adecuaciones necesarias en los aplicativos informáticos del sistema, a fin de garantizar una transición ordenada y coherente con la normativa vigente.

    Fecha: 04/03/2026

    mujer y poblaciones vulnerables

    APRUEBAN EL PLAN ANUAL DE TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS SECTORIALES A LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES DEL MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES AÑO 2026

    La Resolución Ministerial N° 000071-2026-MIMP aprueba el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales Año 2026” del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en el marco de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, y la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, así como de la Directiva N° 001-2024-PCM-SD aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 003-2024-PCM/SD. El Plan establece las acciones y lineamientos para la transferencia progresiva de competencias del sector hacia los gobiernos regionales y locales durante el año 2026, articulando el proceso con el Plan Operativo Institucional y el Presupuesto Institucional de Apertura del pliego. Asimismo, precisa que en el caso de los Centros de Emergencia Mujer (CEM) el sector continuará garantizando la prestación de servicios de prevención y atención frente a la violencia, conforme a la normativa vigente, y que respecto de los CEDIF administrados por el INABIF no se prevé su transferencia en 2026, priorizándose acciones de fortalecimiento y asistencia técnica. La norma encarga a la Oficina de Gestión Descentralizada el seguimiento del cumplimiento del Plan y dispone su remisión a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros.

    Fecha: 04/03/2026

    TRANSFERENCIAS Y COMUNICACIONES

    APRUEBAN EL PLAN ANUAL DE TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS SECTORIALES A LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES DEL AÑO 2026 – SECTORES TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

    La Resolución Ministerial N° 107-2026-MTC/01 aprueba el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2026 – Sectores Transportes y Comunicaciones” del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cumplimiento del artículo 188 de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, y la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, así como de la Directiva N° 001-2024-PCM-SD aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 003-2024-PCM/SD. El Plan constituye el documento orientador que define las acciones, metas y responsabilidades para continuar durante el 2026 con la transferencia progresiva y ordenada de competencias en materia de transportes y comunicaciones hacia los gobiernos regionales y locales, fortaleciendo su capacidad de gestión en infraestructura vial, servicios de transporte y funciones vinculadas al sector comunicaciones. Asimismo, dispone que los órganos y programas del ministerio implementen las acciones previstas, encarga la coordinación a la Oficina General de Articulación, Monitoreo y Evaluación de Impacto, y ordena la remisión del Plan a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, reafirmando el compromiso sectorial con el proceso de descentralización y el desarrollo territorial equilibrado.

    Fecha: 04/03/2026

    superintendencia nacional de bienes estatales

    DISPONEN PUBLICACIÓN DE PROYECTO DE RESOLUCIÓN QUE APRUEBA EL LISTADO DE ENTIDADES QUE CONFORMAN EL SISTEMA NACIONAL DE BIENES ESTATALES

    La Resolución N° 0019-2026/SBN dispone la publicación del proyecto de Resolución que aprueba el “Listado de entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales (SNBE)” en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en cumplimiento del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2019-VIVIENDA, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 008-2021-VIVIENDA, así como del Decreto Supremo N° 009-2024-JUS sobre publicación de proyectos normativos, con el objetivo de garantizar transparencia y participación; el proyecto contiene un listado referencial y dinámico de 5 254 entidades públicas de los niveles nacional, regional y local, elaborado a partir de bases de datos oficiales del Estado, y se otorga un plazo de veinte (20) días calendario, contados desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, para que las entidades remitan información que permita su actualización, encargándose a la Subdirección de Normas y Capacitación la recepción, sistematización y análisis de los aportes presentados.

    Fecha: 04/03/2026

    INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA

    AUTORIZAN LA EJECUCIÓN DEL SISTEMA DE SEGUIMIENTO A LA PROVISIÓN DE SERVICIOS DE GOBIERNO 2026 A TRAVÉS DE LA ENCUESTA DE SEGUIMIENTO A LA CALIDAD DEL GASTO PÚBLICO 2026

    La Resolución Jefatural N° 064-2026-INEI autoriza la ejecución del “Sistema de Seguimiento a la Provisión de Servicios de Gobierno 2026 a través de la Encuesta de Seguimiento a la Calidad del Gasto Público 2026”, a cargo del Instituto Nacional de Estadística e Informática, en el marco del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del INEI, y del Decreto Supremo N° 043-2001-PCM que aprueba su Reglamento de Organización y Funciones; la investigación estadística se desarrollará de marzo a diciembre de 2026 en el ámbito urbano y rural de los 24 departamentos del país y la Provincia Constitucional del Callao, y estará dirigida a 195 557 usuarios y beneficiarios de servicios públicos, con el objetivo de generar información actualizada, oportuna y de calidad para evaluar y mejorar la eficiencia del gasto público, a solicitud del Ministerio de Economía y Finanzas; el operativo comprende encuestas y monitoreos sobre seguridad ciudadana municipal, prevención y tratamiento de la anemia, disponibilidad y presencia de personal asistencial en establecimientos de salud de distintos niveles, servicios de salud mental comunitarios, unidades de hospitalización en salud mental y adicciones, programas de visitas domiciliarias y el servicio de cuidado diurno EduCuna, aprobándose además cinco cuestionarios oficiales cuya información será obligatoria conforme a la normativa estadística vigente, disponiéndose su publicación en la sede digital institucional el mismo día de su difusión en el Diario Oficial El Peruano.

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  • BOLETIN N° 036-2026

    BOLETIN N° 036-2026

    Porque estar al día en gestión pública es construir un mejor Characato

    En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas el martes 3 de marzo, entre ellas:

    1. RESOLUCION N° D000031-2026-MIDIS/P65-DE

    2. DECRETO SUPREMO N° 029-2026-EF

    3. RESOLUCION MINISTERIAL N° 0242-2026-IN

    Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.

    RESOLUCION N° D000031-2026-MIDIS/P65-DE

    Fecha: 03/03/2026

    DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL

    APRUEBAN MODIFICACIÓN DEL CRONOGRAMA DE COBROS DE LA PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA DEL PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA SOLIDARIA PENSIÓN 65 CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2026

    La Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000031-2026-MIDIS/P65-DE aprueba la modificación del Cronograma de Cobros de la Pensión No Contributiva del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” para el ejercicio 2026, adelantando el pago correspondiente al periodo marzo–abril 2026, cuyo inicio de cobro en agencia se fija desde el 9 de marzo de 2026. Esta medida se adopta en el marco del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, creado por el Decreto Supremo N° 081-2011-PCM, y responde al acuerdo del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, así como a la declaratoria de Estado de Emergencia dispuesta mediante diversos Decretos Supremos, ante intensas precipitaciones pluviales y contaminación hídrica en diversas zonas del país. La modificación busca garantizar la entrega oportuna de la subvención económica a los adultos mayores en situación de extrema pobreza, evitando retrasos en el acceso al beneficio frente a situaciones de fuerza mayor, y dispone además las acciones operativas y administrativas necesarias para su implementación y publicación oficial.

    Fecha: 03/03/2026

    economía y finanzas

    DECRETO SUPREMO QUE AUTORIZA TRANSFERENCIA DE PARTIDAS EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2026 A FAVOR DE LOS GOBIERNOS LOCALES

    El Decreto Supremo N° 029-2026-EF autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 hasta por S/ 2 207 411 401,00 a favor de los gobiernos locales, destinada a financiar el incremento de 0,5% del rendimiento del Impuesto de Promoción Municipal (IPM) que fortalece el Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN), en el marco de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, la Ley N° 32515, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2026, y la Ley N° 32387, Ley que promueve la descentralización fiscal para incentivar el desarrollo de los gobiernos locales fortaleciendo el FONCOMUN. La transferencia se realiza desde el presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a Recursos Ordinarios, e incorpora los fondos en los presupuestos institucionales de los gobiernos locales como Recursos Determinados, conforme a los índices de distribución aprobados por la Resolución Ministerial N° 073-2026-EF/50. Los recursos deben destinarse exclusivamente a los fines previstos en el artículo 4 de la Ley N° 32387, vinculados al fortalecimiento de la inversión y desarrollo local, y su ejecución exige la aprobación de la desagregación programática mediante resolución de los titulares de los pliegos, así como la elaboración de las correspondientes notas de modificación presupuestaria, bajo responsabilidad.

    Fecha: 03/03/2026

    interior

    APRUEBAN REPRIORIZACIÓN DE RECURSOS PROVENIENTES DEL FONDO ESPECIAL PARA LA SEGURIDAD CIUDADANA

    La Resolución Ministerial N° 0242-2026-IN aprueba la repriorización de S/ 846 727,00 provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana (FESC), creado por el Decreto de Urgencia N° 052-2011, a fin de cubrir el déficit financiero de dos proyectos de inversión vinculados al mejoramiento del servicio policial en el marco de la implementación del Nuevo Código Procesal Penal: el proyecto CUI N° 2167632, referido a las comisarías de la Sectorial PNP Maynas (Loreto), al que se asignan S/ 8 000,00, y el proyecto CUI N° 2167634, correspondiente a la Comisaría PNP Purús (Ucayali), al que se destinan S/ 838 727,00. La medida se adopta conforme a la Directiva N° 001-2024-IN-OGPP-OPMI, aprobada por Resolución Ministerial N° 0035-2024-IN, que regula la priorización, aprobación y ejecución de los recursos del FESC, y permite la modificación o repriorización de inversiones sin necesidad de convocar al Comité de Administración. Los recursos reasignados provienen de saldos previamente otorgados a seis proyectos de la Unidad Ejecutora 032 – Oficina General de Infraestructura del Ministerio del Interior, y deberán destinarse exclusivamente a los fines aprobados, bajo responsabilidad, comunicándose la decisión a la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas dentro del plazo establecido.

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  • BOLETIN N° 035-2026

    BOLETIN N° 035-2026

    Porque estar al día en gestión pública es construir un mejor Characato

    En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas el sabado 28 de febrero al lunes 2 de marzo, entre ellas:

    1. RESOLUCION MINISTERIAL N° 000051-2026-MC

    2. RESOLUCION MINISTERIAL N° 0074-2026-MIDAGRI

    3. RESOLUCION MINISTERIAL N° D000032-2026-MIDIS

    4. RESOLUCION MINISTERIAL N° 026-2026-EF

    Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.

    RESOLUCION MINISTERIAL N° 000051-2026-MC

    Fecha: 28/02/2026 – 02/03/2026

    cultura

    APRUEBAN EL PLAN ANUAL DE TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS SECTORIALES A LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES DEL AÑO 2026 DEL MINISTERIO DE CULTURA

    La Resolución Ministerial N° 000051-2026-MC aprueba el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2026 del Ministerio de Cultura, en el marco del proceso de descentralización establecido en la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, y la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Este plan define las funciones del Sector Cultura que serán transferidas progresivamente a los gobiernos subnacionales, asegurando que dichas competencias, vinculadas a patrimonio cultural, industrias y gestión culturales, sean asumidas conforme a criterios técnicos, legales y presupuestales. La medida busca fortalecer la gestión cultural en regiones y municipios, promoviendo una administración más cercana a la ciudadanía y garantizando que la transferencia se realice de manera ordenada, coordinada y conforme a la normativa vigente.

    Fecha: 28/02/2026 – 02/03/2026

    desarrollo agrario y riego

    APRUEBAN EL PLAN ANUAL DE TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS SECTORIALES A LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES DEL AÑO 2026 DEL MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO

    La Resolución Ministerial N° 0074-2026-MIDAGRI aprueba el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2026 del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego”, en el marco del proceso de descentralización previsto en la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, y la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. El plan establece las funciones del sector agrario que serán transferidas progresivamente a los gobiernos regionales y locales, asegurando una adecuada asignación de competencias y recursos vinculados al desarrollo agrario, gestión territorial, articulación intergubernamental y servicios asociados al sector. Asimismo, se encarga a la Dirección General de Gestión Territorial el seguimiento de las acciones previstas, con el fin de garantizar una transferencia ordenada, coordinada y conforme a la Directiva N° 001-2024-PCM-SD, fortaleciendo así la capacidad de los gobiernos subnacionales para gestionar políticas y servicios en beneficio de los productores y la población rural.

    Fecha: 28/02/2026 – 02/03/2026

    desarrollo e inclusion social

    APRUEBAN EL PLAN ANUAL DE TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS SECTORIALES A LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES DEL AÑO 2026 DEL MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL

    La Resolución Ministerial N° D000032-2026-MIDIS aprueba el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2026 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en cumplimiento de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, y la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Este plan constituye el instrumento que organiza y programa la transferencia progresiva de funciones vinculadas a políticas, programas y prestaciones sociales del sector, permitiendo que los gobiernos regionales y locales asuman mayores responsabilidades en materia de desarrollo e inclusión social, bajo criterios técnicos y en coordinación con el Gobierno Nacional. Asimismo, el documento orienta la articulación territorial, el fortalecimiento de capacidades y el seguimiento del proceso, conforme a la Directiva N° 001-2024-PCM-SD, con el objetivo de acercar los servicios sociales a la población vulnerable y mejorar la eficiencia en la gestión pública a nivel subnacional.

    Fecha: 28/02/2026 – 02/03/2026

    economía y finanzas

    DECRETO SUPREMO QUE AUTORIZA TRANSFERENCIA DE PARTIDAS EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2026 A FAVOR DE DIVERSOS PLIEGOS DEL GOBIERNO NACIONAL Y DE LOS GOBIERNOS REGIONALES

    El Decreto Supremo N° 026-2026-EF autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 hasta por S/ 42 007 209,00, con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Salud, a favor del Instituto Nacional de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de los gobiernos regionales. La medida tiene como finalidad financiar el costo diferencial correspondiente a la sostenibilidad del cambio de grupo ocupacional y cambio de línea de carrera del personal administrativo y asistencial, conforme a lo dispuesto en la Centésima Décima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185 y en el artículo 45 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026. Del total transferido, S/ 971 889,00 se destinan a pliegos del Gobierno Nacional y S/ 41 035 320,00 a los gobiernos regionales, exclusivamente para gastos en personal y obligaciones sociales. Asimismo, se establece el procedimiento para la desagregación y ejecución de los recursos, precisando que no podrán ser destinados a fines distintos a los autorizados, bajo responsabilidad.

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  • BOLETIN N° 034-2026

    BOLETIN N° 034-2026

    Porque estar al día en gestión pública es construir un mejor Characato

    En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas el viernes 27 de febrero, entre ellas:

    1. DECRETO SUPREMO N° 022-2026-EF

    2. DECRETO SUPREMO N° 025-2026-EF

    Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.

    DECRETO SUPREMO N° 022-2026-EF

    Fecha: 27/02/2026

    economía y finanzas

    DECRETO SUPREMO QUE AUTORIZA TRANSFERENCIA DE PARTIDAS EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2026 A FAVOR DE DIVERSOS GOBIERNOS LOCALES

    El Decreto Supremo N° 022-2026-EF autoriza la transferencia de S/ 599 105 170 a favor de diversos gobiernos locales, con cargo al “Fondo para la continuidad de inversiones de los gobiernos locales”, creado por la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público 2026. Estos recursos permitirán culminar inversiones iniciadas en 2025 que fueron financiadas con Recursos Ordinarios y cuyos montos quedaron comprometidos, pero no devengados al cierre del año. La medida garantiza que obras y proyectos en ejecución no se paralicen por falta de presupuesto, asegurando su continuidad durante el 2026. Los municipios deberán aprobar la desagregación de los recursos en un plazo de cinco días y destinarlos exclusivamente a las inversiones autorizadas, bajo responsabilidad.

    Fecha: 27/02/2026

    economía y finanzas

    DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA LA FORMALIZACIÓN DE LOS CRÉDITOS SUPLEMENTARIOS DEL TERCER TRIMESTRE DEL AÑO FISCAL 2025 EN EL PRESUPUESTO CONSOLIDADO DE LAS EMPRESAS Y ORGANISMOS PÚBLICOS DE LOS GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES

    El Decreto Supremo N° 025-2026-EF aprueba la formalización de los Créditos Suplementarios del Tercer Trimestre del Año Fiscal 2025 en el presupuesto consolidado de las empresas y organismos públicos de los gobiernos regionales y locales, por un total de S/ 69 236 347. Estos recursos provienen de mayores ingresos captados durante el año (Recursos Directamente Recaudados, Donaciones y Transferencias, y Recursos Determinados) y se destinan tanto a gasto corriente como a inversión en gasto de capital. La medida permite actualizar oficialmente el presupuesto consolidado en función de los ingresos adicionales obtenidos, sin convalidar actos realizados al margen de la normativa presupuestaria.

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  • BOLETIN N° 033-2026

    BOLETIN N° 033-2026

    Porque estar al día en gestión pública es construir un mejor Characato

    En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas el jueves 26 de febrero, entre ellas:

    1. DECRETO SUPREMO N° 021-2026-EF

    2. RESOLUCION MINISTERIAL N° 056-2026-VIVIENDA

    Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.

    DECRETO SUPREMO N° 021-2026-EF

    Fecha: 26/02/2026

    economía y finanzas

    DECRETO SUPREMO QUE AUTORIZA TRANSFERENCIA DE PARTIDAS EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2026 A FAVOR DE DIVERSOS PLIEGOS DEL GOBIERNO NACIONAL

    El Decreto Supremo Nº 021-2026-EF autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por S/ 702 430 278,00, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), con la finalidad de financiar los gastos asociados a las Elecciones Generales 2026 y a las Elecciones Regionales y Municipales 2026. Los recursos transferidos financiarán bienes y servicios vinculados a la planificación, organización, capacitación, información a la ciudadanía, supervisión, procesamiento y cómputo de resultados electorales, garantizando el desarrollo oportuno y eficiente de los comicios. Asimismo, se establece que los pliegos beneficiarios deben aprobar la desagregación presupuestaria mediante resolución en un plazo de cinco días calendario, realizar las codificaciones y modificaciones presupuestarias correspondientes, y destinar los recursos exclusivamente a los fines autorizados, bajo responsabilidad.Principio del formulario

    Fecha: 26/02/2026

    vivienda, construcción y saneamiento

    APRUEBAN CUARTA CONVOCATORIA DEL AÑO 2026 PARA EL OTORGAMIENTO DE CIENTO OCHO BONOS DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA PARA EMERGENCIAS DIRIGIDA A LOS DAMNIFICADOS POR INTENSAS PRECIPITACIONES PLUVIALES EN VARIOS DISTRITOS DE ALGUNAS PROVINCIAS DE LOS DEPARTAMENTOS DE AREQUIPA CUSCO HUANCAVELICA Y LORETO

    La Resolución Ministerial N° 056-2026-VIVIENDA aprueba la cuarta convocatoria del año 2026 para el otorgamiento de 108 Bonos de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE), dirigidos a igual número de damnificados cuyas viviendas han sido declaradas colapsadas o inhabitables a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, en distritos de las provincias de Caravelí (Arequipa), La Convención (Cusco), Acobamba, Churcampa y Huancavelica (Huancavelica), y Ucayali (Loreto), en el marco del Estado de Emergencia declarado por el Decreto Supremo N° 003-2026-PCM. La medida se sustenta en la Ley N° 31526, que crea el BAE como un mecanismo de atención temporal para familias afectadas por desastres, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2022-VIVIENDA. El bono asciende a S/ 500 mensuales y puede otorgarse hasta por un plazo máximo de dos años, para el arrendamiento de una vivienda dentro del mismo departamento. La norma establece los plazos y requisitos que deben cumplir los potenciales beneficiarios, como la presentación de solicitud, declaración jurada y contrato de arrendamiento, así como las responsabilidades de las municipalidades distritales, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo y el Fondo MIVIVIENDA S.A. en el proceso de verificación, validación y pago. Asimismo, se precisa que quienes no presenten su solicitud dentro del plazo de quince días hábiles pierden el derecho al beneficio, y que el seguimiento y control del cumplimiento de la medida estará a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

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  • BOLETIN N° 032-2026

    BOLETIN N° 032-2026

    Porque estar al día en gestión pública es construir un mejor Characato

    En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas el  miercoles 25 de febrero, entre ellas:

    1. DECRETO SUPREMO N° 023-2026-PCM

    2. DECRETO SUPREMO N° 025-2026-PCM

    3. RESOLUCION DIRECTORAL N° 0008-2026-EF/50.01

    4. RESOLUCION MINISTERIAL N° 156-2026/MINSA

    Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.

    RESOLUCION N° 0341-2026-JNE

    Fecha: 24 /02/2026 (Edicion extraordinaria)

    presidencia de consejo de ministros

    DECRETO SUPREMO QUE DECLARA EL ESTADO DE EMERGENCIA EN VARIOS DISTRITOS DE ALGUNAS PROVINCIAS DEL DEPARTAMENTO DE AREQUIPA Y EN EL DISTRITO DE OCUCAJE DE LA PROVINCIA DE ICA DEL DEPARTAMENTO DE ICA POR IMPACTO DE DAÑOS A CONSECUENCIA DE INTENSAS PRECIPITACIONES PLUVIALES

    El Decreto Supremo Nº 023-2026-PCM declara el Estado de Emergencia por un plazo de sesenta (60) días calendario en diversos distritos de las provincias de Arequipa, Caravelí, Castilla, Caylloma y Condesuyos (departamento de Arequipa), así como en el distrito de Ocucaje (provincia de Ica, departamento de Ica), debido a los daños ocasionados por intensas precipitaciones pluviales que han afectado viviendas, infraestructura educativa y de salud, servicios básicos, infraestructura de riego y transportes, entre otros. La medida se sustenta en informes técnicos del INDECI y del COEN, que determinan una emergencia de nivel 4 y concluyen que la capacidad de respuesta de los gobiernos regionales ha sido sobrepasada, requiriéndose la intervención articulada del Gobierno Nacional. En ese marco, los gobiernos regionales y locales deberán ejecutar acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación, con coordinación y seguimiento del INDECI y la participación de diversos ministerios, garantizando que las intervenciones tengan relación directa con el evento ocurrido. Asimismo, el decreto detalla los bienes y servicios que podrán ser donados al amparo de la Ley Nº 30498, como alimentos, medicinas, materiales de construcción, maquinaria, equipos de comunicación, carpas, combustibles y servicios logísticos, médicos y de transporte, y establece que las acciones se financiarán con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

    Fecha: 24 /02/2026 (Edicion extraordinaria)

    presidencia de consejo de ministros

    DECRETO SUPREMO QUE DECLARA EL ESTADO DE EMERGENCIA EN VARIOS DISTRITOS DE ALGUNAS PROVINCIAS DE LOS DEPARTAMENTOS DE AMAZONAS ÁNCASH AREQUIPA CAJAMARCA ICA JUNÍN LA LIBERTAD LAMBAYEQUE LIMA MADRE DE DIOS PIURA PUNO SAN MARTÍN Y TUMBES POR PELIGRO INMINENTE ANTE INTENSAS PRECIPITACIONES PLUVIALES

    El Decreto Supremo Nº 025-2026-PCM declara el Estado de Emergencia por un plazo de sesenta (60) días calendario en diversos distritos de los departamentos de Amazonas, Áncash, Arequipa, Cajamarca, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Madre de Dios, Piura, Puno, San Martín y Tumbes, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales, sobre la base de los informes técnicos emitidos por el INDECI, el SENAMHI y la Comisión Multisectorial ENFEN, que advierten un escenario de Muy Alto Riesgo para la vida y salud de la población, así como para la actividad agrícola, ganadera e infraestructura pública y privada. La declaratoria, que configura una emergencia de nivel 4 conforme a la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, tiene carácter preventivo, pues busca ejecutar acciones inmediatas de reducción del riesgo antes de que se materialicen mayores daños. En ese marco, los gobiernos regionales y locales comprendidos deberán implementar medidas de excepción, respuesta y rehabilitación, con la coordinación técnica y seguimiento del INDECI y la participación articulada de los ministerios de Salud, Educación, Desarrollo Agrario y Riego, Vivienda, Defensa, Interior, Transportes y Comunicaciones, Energía y Minas, Mujer y Desarrollo e Inclusión Social, entre otros, asegurando que las intervenciones tengan relación directa con el evento climático y se sustenten en estudios técnicos. Asimismo, el decreto establece que las acciones se financiarán con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, y dispone la rendición de cuentas y seguimiento durante toda la vigencia de la medida.

    Fecha: 24 /02/2026 (Edicion extraordinaria)

    economia y finanzas

    APRUEBAN RELACIÓN DE INTERVENCIONES SELECCIONADAS PARA EL PROCESO DE SEGUIMIENTO PRIORIZADO 2026 Y DICTAN OTRA DISPOSICIÓN

    La Resolución Directoral Nº 0008-2026-EF/50.01 aprueba la “Relación de intervenciones seleccionadas para el proceso de Seguimiento Priorizado 2026”, en el marco de la Directiva Nº 0003-2022-EF/50.01 sobre Seguimiento en la Fase de Evaluación Presupuestaria, con el objetivo de que la Dirección General de Presupuesto Público realice un monitoreo periódico y focalizado de determinadas intervenciones y pliegos responsables, a fin de generar información relevante para la toma de decisiones en el corto plazo. Estas intervenciones son seleccionadas considerando criterios como el desempeño en la ejecución del presupuesto y el logro de resultados, la relevancia del presupuesto asignado y su alineamiento con prioridades de Gobierno, orientándose a fortalecer el sistema de seguimiento a la provisión de servicios públicos y mejorar la calidad del gasto. Asimismo, la norma dispone dejar sin efecto el inciso 5.4 del numeral 5 de los “Lineamientos para la aplicación del Fondo para la continuidad de inversiones de los gobiernos locales”, aprobados mediante Resolución Directoral Nº 0004-2026-EF/50.01, con la finalidad de optimizar su aplicación, reafirmando el rol rector de la Dirección General de Presupuesto Público en la conducción técnica del Sistema Nacional de Presupuesto Público conforme al Decreto Legislativo Nº 1440.

    Fecha: 245/02/2026

    salud

    APRUEBAN EL DOCUMENTO TÉCNICO: PLAN NACIONAL DE CALIDAD EN SALUD Y SEGURIDAD DEL PACIENTE 2026-2030

    La Resolución Ministerial N° 156-2026/MINSA aprueba el Documento Técnico “Plan Nacional de Calidad en Salud y Seguridad del Paciente 2026-2030”, mediante el cual el Ministerio de Salud, en su calidad de Autoridad Sanitaria Nacional conforme a la Ley N° 26842, Ley General de Salud y al Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece una hoja de ruta para mejorar los resultados en salud a través de acciones orientadas a garantizar una atención segura, efectiva, eficiente, oportuna, equitativa y centrada en la persona. El Plan se alinea con estándares internacionales como el Plan de Acción Mundial para la Seguridad del Paciente 2021-2030 de la OMS y con la Norma Técnica Peruana NTP ISO 7101:2025, promoviendo la gestión del riesgo, la mejora continua, la gobernanza clínica y la participación ciudadana. Para los gobiernos locales, esta norma es especialmente relevante, ya que forman parte del Sector Salud y del proceso de descentralización, por lo que deberán adecuar y fortalecer la gestión de sus establecimientos y servicios de salud bajo estos lineamientos, incorporando estándares de calidad y seguridad del paciente en la prestación de servicios, coordinando con los niveles regional y nacional, y contribuyendo directamente a reducir riesgos, eventos adversos y brechas en la atención sanitaria en sus jurisdicciones, lo que impacta de manera concreta en el bienestar de la población.

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  • BOLETIN N° 031-2026

    BOLETIN N° 031-2026

    Porque estar al día en gestión pública es construir un mejor Characato

    En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas el martes 24 de febrero, entre ellas:

    1. RESOLUCION N° 0341-2026-JNE

    Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.

    RESOLUCION N° 0341-2026-JNE

    Fecha: 24 /02/2026

    jurado nacional de elecciones

    APRUEBAN REGLAMENTO DE LA ESCUELA ELECTORAL Y DE GOBERNABILIDAD

    La Resolución Nº 0341-2026-JNE aprueba el nuevo Reglamento de la Escuela Electoral y de Gobernabilidad (ESEG) del Jurado Nacional de Elecciones. El nuevo Reglamento tiene por objeto regular las actividades de gestión académica, investigación y apoyo técnico que desarrolla la ESEG en materia electoral, democracia y gobernabilidad; su finalidad es asegurar una gestión eficiente y eficaz alineada a los objetivos estratégicos institucionales del JNE; y su alcance comprende tanto a los integrantes de la Escuela y demás unidades orgánicas del JNE como a estudiantes, participantes y actores aliados vinculados a sus actividades. Asimismo, precisa su base normativa y define responsabilidades, encargando a la Gerencia General la supervisión del cumplimiento del Reglamento y a la Escuela la ejecución y organización de los procedimientos académicos, de investigación y apoyo técnico, consolidando así su rol como instancia especializada en formación y fortalecimiento de la cultura democrática en el país.

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  • BOLETIN N° 030-2026

    BOLETIN N° 030-2026

    Porque estar al día en gestión pública es construir un mejor Characato

    En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas desde el sábado 21 al lunes 23 de febrero, entre ellas:

    1. RESOLUCION DIRECTORAL N° 0007-2026-EF.50.01

    2. RESOLUCION MINISTERIAL N° 000044-2026-PRODUCE

    3. RESOLUCION N° 001-2026-OTASS-CD

    Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.

    RESOLUCION DIRECTORAL N° 0007-2026-EF.50.01

    Fecha: 21/02/2026 – 23/02/2026

    economía y finanzas

    RESOLUCIÓN DIRECTORAL QUE APRUEBA LOS LINEAMIENTOS SOBRE MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS EN EL NIVEL FUNCIONAL PROGRAMÁTICO PARA LA EJECUCIÓN DEL GASTO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN IOARR Y PROGRAMAS DE INVERSIÓN BAJO EL ÁMBITO DEL SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN DE INVERSIONES DE PROYECTOS QUE NO SE ENCUENTRAN BAJO EL ÁMBITO DE DICHO SISTEMA NACIONAL Y DE ESTUDIOS DE PRE-INVERSIÓN DE LOS PLIEGOS PRESUPUESTARIOS CON CARGO A SU PRESUPUESTO INSTITUCIONAL PARA EL AÑO FISCAL 2026 Y LOS LINEAMIENTOS PARA LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS EN EL NIVEL FUNCIONAL PROGRAMÁTICO EN PROGRAMAS PRESUPUESTALES PARA EL AÑO FISCAL 2026

    La Resolución Directoral Nº 0007-2026-EF/50.01 establece reglas claras para que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales puedan realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático durante el Año Fiscal 2026, es decir, cambios internos en la distribución de su presupuesto institucional sin alterar el monto total aprobado, precisando los criterios, condiciones, procedimientos y plazos para efectuar anulaciones y habilitaciones de créditos presupuestarios en proyectos de inversión, inversiones de optimización, ampliación marginal, rehabilitación y reposición (IOARR), programas de inversión bajo el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, proyectos que no están bajo dicho sistema y estudios de preinversión; asimismo, regula las modificaciones en Programas Presupuestales durante la fase de ejecución, estableciendo qué recursos pueden ser reorientados, bajo qué supuestos, qué restricciones deben respetarse y qué responsabilidades asumen los pliegos, con el objetivo de asegurar una gestión ordenada, transparente y eficiente del gasto público conforme a la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, y el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, permitiendo además que la Dirección General de Presupuesto Público ajuste los plazos mediante comunicado y disponiendo su vigencia desde el día siguiente de su publicación.

    Fecha: 21/02/2026 – 23/02/2026

    produce

    DISPONEN PUBLICACIÓN DE PROYECTO DE DECRETO SUPREMO QUE CREA EL REGISTRO DE PRODUCTOS MANUFACTURADOS NACIONALES Y ESTABLECE LAS CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LAS MYPE MANUFACTURERAS PARA ACCEDER A LOS BENEFICIOS DE LA LEY N° 31578 LEY QUE PROMUEVE LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA A TRAVÉS DE COMPRAS PÚBLICAS DE LAS MYPE MANUFACTURERAS NACIONALES LAS DISPOSICIONES QUE REGULAN EL REGISTRO DE PRODUCTOS MANUFACTURADOS NACIONALES Y CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LAS MYPE PARA ACCEDER A LOS BENEFICIOS DE LA LEY N° 31578 LEY QUE PROMUEVE LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA A TRAVÉS DE COMPRAS PÚBLICAS DE LAS MYPE MANUFACTURERAS NACIONALES Y SU EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

    La Resolución Ministerial Nº 000044-2026-PRODUCE dispone la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que crea el Registro de Productos Manufacturados Nacionales y establece las condiciones que deben cumplir las MYPE manufactureras para acceder a los beneficios de la Ley N° 31578”, así como de las disposiciones que regulan dicho Registro y su Exposición de Motivos, con el objetivo de implementar un padrón oficial que identifique y certifique los productos efectivamente manufacturados en el país por micro y pequeñas empresas, permitiéndoles acceder a los beneficios previstos en la Ley N° 31578, vinculados a las compras públicas. El proyecto desarrolla los requisitos que deberán cumplir las MYPE para inscribirse, los criterios para acreditar el carácter nacional de los productos, el procedimiento para obtener el certificado correspondiente, las obligaciones de las empresas inscritas y los mecanismos de verificación y control, a fin de garantizar transparencia y que los incentivos estatales beneficien realmente a la producción nacional. Asimismo, la norma abre un plazo de quince (15) días calendario para que entidades públicas, privadas y la ciudadanía presenten comentarios o aportes al texto propuesto a través de la sede digital del Ministerio de la Producción o por mesa de partes, como parte del proceso participativo previo a su aprobación definitiva.

    Fecha: 21/02/2026 – 23/02/2026

    ORGANISMO TECNICO DE LA ADMINISTRACION DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO

    Dejan sin efecto la Resolución de Consejo Directivo N° 000011-2016-OTASS/CD que aprueba el Reglamento de Supervisión y Fiscalización del Buen Gobierno Corporativo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS) Municipales

    La Resolución de Consejo Directivo N° 000001-2026-OTASS-CD deja sin efecto la Resolución de Consejo Directivo N° 000011-2016-OTASS/CD, que aprobó el “Reglamento de Supervisión y Fiscalización del Buen Gobierno Corporativo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS) Municipales”, debido a que la norma legal que sustentaba dicha competencia fue derogada. En concreto, el reglamento se basaba en la Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, la cual fue dejada sin vigencia (salvo un artículo) por el Decreto Legislativo N° 1280, que aprobó la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento y transfirió la competencia de supervisión y fiscalización a la Sunass; es decir, el OTASS ya no cuenta con respaldo legal para ejercer dichas funciones sobre el buen gobierno corporativo de las EPS municipales. En ese sentido, el Consejo Directivo formaliza la derogación del reglamento por haber quedado sin sustento normativo, precisando además que la resolución será publicada en el diario oficial y en la sede digital institucional, con lo cual se adecúa el marco regulatorio vigente a la nueva distribución de competencias en el sector saneamiento.

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  • BOLETIN N° 029-2026

    BOLETIN N° 029-2026

    Porque estar al día en gestión pública es construir un mejor Characato

    En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas desde el viernes 20 de febrero, entre ellas:

    1. RESOLUCION MINISTERIAL N° 053-2026-TR

    2. RESOLUCION DIRECTORAL N° 0005-2026-MTC/18

    Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.

    RESOLUCION MINISTERIAL N° 053-2026-TR

    Fecha: 20/02/2026

    trabajo y promocion del empleo

    CREAN EL SELLO: EMPRESA LABORAL Y SOCIALMENTE RESPONSABLE

    La Resolución crea el “Sello: Empresa Laboral y Socialmente Responsable” como un reconocimiento otorgado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a las empresas que acrediten el cumplimiento de la normativa laboral vigente y la implementación de buenas prácticas de responsabilidad social empresarial, en el marco del Objetivo 8 de la Agenda 2030 y los “Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos” aprobados por la Resolución 17/4 del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas; asimismo, la medida se sustenta en el numeral 7.8 del artículo 7 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en el Decreto Supremo N° 203-2024-EF que aprueba el Plan Nacional de Competitividad y Productividad 2024-2030, en el Decreto Supremo N° 013-2021-TR que aprueba la Política Nacional del Empleo Decente y en la Resolución Ministerial N° 194-2024-TR, que actualiza el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del MTPE, estableciendo además la aprobación de los Lineamientos N° 001-2026-MTPE/2/14.3, la designación de la Secretaría Técnica y su financiamiento con cargo al presupuesto institucional.

    Fecha: 20/02/2026

    transportes y comunicaciones

    DISPONEN LA PUBLICACIÓN DEL PROYECTO DE RESOLUCIÓN DIRECTORAL QUE APRUEBA LA GUÍA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN EN CRUCES A NIVEL DE CALLES Y CARRETERAS CON VÍAS FÉRREAS

    La Resolución Directoral N° 0005-2026-MTC/18 dispone la publicación del Proyecto de Resolución Directoral que aprueba la “Guía para la Implementación de Sistemas de Protección en Cruces a Nivel de Calles y Carreteras con Vías Férreas”, con el fin de recibir comentarios por quince días calendario, y con el objetivo de establecer criterios técnicos que contribuyan a la reducción de riesgos y accidentes en los cruces a nivel y a mejorar la seguridad del tránsito ferroviario y vial.

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