1n el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas el 17 de septiembre, entre ellas:
Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.
El Decreto Supremo N.° 012-2026-MINAM declara en proceso de modernización y reorganización al Ministerio del Ambiente (MINAM), sus programas y proyectos especiales y los organismos públicos adscritos al Sector Ambiental, por ciento veinte (120) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación. La medida dispone la elaboración de un diagnóstico sobre la situación administrativa y organizacional, planeamiento estratégico e institucional, presupuesto, inversiones, gestión por procesos, recursos humanos e integridad pública, entre otros aspectos. La Oficina de Planeamiento y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto debe presentar un informe parcial de avances a los setenta (70) días calendario y el diagnóstico final debe formalizarse en un informe técnico con las medidas de reforma y mejora organizacional recomendadas, que será aprobado mediante Resolución Ministerial. Su implementación se financiará con cargo a los presupuestos institucionales del MINAM y de sus organismos adscritos, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
La Resolución Ministerial N.° D000302-2026-MINAM modifica el numeral 8, la Tabla N.° 10 y los Anexos 4, 5 y 6 del “Plan de Acción Nacional de Lucha contra la Desertificación, Degradación de la Tierra y Sequía al 2030”, aprobado por Resolución Ministerial N.° 00178-2025-MINAM. La actualización fortalece la formulación de objetivos, indicadores y acciones estratégicas tomando como referencia los criterios metodológicos desarrollados por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), con el propósito de mejorar la consistencia metodológica, claridad conceptual, capacidad de medición, comparabilidad de la información y trazabilidad de los resultados. La modificación se orienta a fortalecer los procesos de seguimiento y evaluación del Plan, instrumento de alcance nacional vinculado a la prevención y reducción de la desertificación, la degradación de tierras y los efectos de la sequía.
El Decreto Supremo N.° 011-2026-MINCETUR modifica el Reglamento de la Ley N.° 30860 e incorpora el Sistema de Gestión de Notificaciones y Alertas de Inocuidad Alimentaria (SIGESNOT) como servicio de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE). El SIGESNOT permitirá a las autoridades sanitarias competentes administrar de manera centralizada las notificaciones y alertas nacionales e internacionales en materia de inocuidad alimentaria, registrar información y documentación, interoperar con sistemas nacionales e internacionales y generar información, estadísticas, reportes e informes. La medida busca optimizar el intercambio electrónico seguro y la coordinación intersectorial entre las autoridades competentes, facilitando el comercio exterior y la gestión oportuna de riesgos sanitarios. Su implementación se financiará con cargo a los presupuestos institucionales del MINCETUR y de las autoridades sanitarias competentes, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
El Decreto Supremo N.° 191-2026-EF autoriza una Transferencia de Partidas hasta por S/ 205 263 400,00, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para financiar intervenciones de preparación y respuesta ante el peligro inminente de intensas precipitaciones asociadas al Fenómeno El Niño 2026-2027. Del total, S/ 135 455 000,00 corresponden a bienes y servicios y S/ 69 808 400,00 a adquisición de activos no financieros. El titular del pliego habilitado debe aprobar la desagregación de los recursos a nivel programático dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia de la norma y remitir la resolución correspondiente conforme al Decreto Legislativo N.° 1440. Los recursos transferidos no pueden destinarse, bajo responsabilidad, a fines distintos de aquellos para los cuales fueron autorizados.
La Resolución Ministerial N.° 560-2026-MINEDU dispone la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Reglamento de Participación Ciudadana del sector Educación” y de su Exposición de Motivos, por un plazo de quince (15) días hábiles contados desde el día hábil siguiente de la publicación de la resolución. Durante dicho periodo, entidades públicas, entidades privadas y ciudadanía pueden formular comentarios, aportes y sugerencias. La Dirección General de Infraestructura Educativa queda encargada de la recepción, sistematización y análisis de los aportes y de su eventual incorporación al proyecto, los cuales pueden remitirse mediante el formato habilitado por el Ministerio de Educación. La propuesta se vincula con la regulación de mecanismos de participación ciudadana en la gestión ambiental del sector Educación y, según el sustento presupuestal de la resolución, su implementación no demandaría recursos adicionales del Pliego 010: Ministerio de Educación ni del Tesoro Público.
La Resolución Ministerial N.° 396-2026-MINEM/DM declara de interés nacional el Proyecto “Nueva SE Marcona II y Enlace 138 kV Marcona II – San Isidro (Bella Unión) – Pampa (Chala), ampliaciones y subestaciones asociadas”, que forma parte del Plan de Transmisión 2023-2032. El proyecto tiene área de influencia en la provincia de Nazca, departamento de Ica, y en la provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, y está orientado a fortalecer la confiabilidad y ampliar la capacidad de transmisión del sistema eléctrico en las zonas de Bella Unión y Chala, atendiendo la demanda energética actual y proyectada y reforzando la continuidad operativa del suministro. La declaratoria sustenta la gestión para la adquisición directa de predios estatales y la obtención de servidumbres necesarias para el proyecto; sin embargo, no garantiza la procedencia de la compraventa directa ni exime a la concesionaria del cumplimiento de las licencias, permisos, autorizaciones administrativas y demás obligaciones aplicables.
La Resolución Ministerial N.° 395-2026-MINEM/DM declara de interés nacional el Proyecto “Nueva Subestación ‘Hub’ San José – Primera Etapa y Enlace 220 kV ‘Hub’ San José – Repartición (Arequipa), ampliaciones y subestaciones asociadas”, integrante del Plan de Transmisión 2023-2032. El proyecto se localiza en el departamento de Arequipa, en las localidades de Repartición, Majes y Mollendo, y busca fortalecer la confiabilidad del sistema de transmisión y asegurar la capacidad de suministro en el eje Socabaya – Repartición – Mollendo – Camaná, contribuyendo a atender la demanda energética regional y a la seguridad operativa del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional. La declaratoria permite sustentar las gestiones para la adquisición directa de predios estatales y derechos de servidumbre; no obstante, no garantiza la procedencia de la compraventa directa ni libera a la concesionaria de tramitar las licencias, permisos y autorizaciones administrativas exigibles.
La Resolución Ministerial N.° 000503-2026-MIMP crea un Grupo de Trabajo temporal para proponer medidas orientadas a fortalecer el procedimiento administrativo de adopción de niñas, niños y adolescentes en situación de desprotección familiar y adoptabilidad. El grupo debe realizar un análisis situacional del procedimiento, formular propuestas para optimizar la articulación de sus etapas y elaborar una hoja de ruta para su implementación y seguimiento. Está integrado por representantes del Despacho Ministerial, del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Dirección de Adopciones y de la Dirección de Protección Especial. Los representantes deben acreditarse dentro de los dos (2) días calendario siguientes a la publicación de la resolución y el grupo debe instalarse dentro de los tres (3) días calendario siguientes. Tendrá una vigencia de sesenta (60) días calendario desde su instalación, prorrogable hasta por treinta (30) días adicionales, al término de los cuales deberá presentar un informe final. Su funcionamiento se financia con cargo al presupuesto institucional del MIMP.