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BOLETIN N° 126-2026

Porque estar al día en gestión pública es construir un mejor Characato

En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas el miércoles 8 de julio, entre ellas:

  1. LEY N° 32721
  2. DECRETO SUPREMO N° 128-2026-EF
  3. RESOLUCION MINISTERIAL N° 252-2026-VIVIENDA

Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.

1. LEY N° 32721

Fecha: 08/07/2026

CONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY QUE GARANTIZA EL DERECHO AL DESCANSO SENTADO Y ALTERNANCIA DE LA POSTURA EN LOS CENTROS DE TRABAJO

La Ley N.° 32721 garantiza el derecho al descanso sentado y a la alternancia de la postura para los trabajadores de los sectores público y privado que permanezcan de pie por periodos continuos de tres horas o más durante su jornada laboral. La norma obliga a los empleadores a proporcionar sillas o asientos ergonómicos, implementar mecanismos que permitan alternar entre la posición de pie y sentada, incorporar estas medidas en el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo y supervisar su cumplimiento mediante la evaluación de riesgos ergonómicos. Asimismo, establece excepciones para actividades cuya naturaleza exige permanecer de pie, disponiendo en esos casos pausas activas, rotación de tareas o descansos equivalentes; faculta la implementación de sistemas proporcionales y rotativos de sillas; encarga la fiscalización a la SUNAFIL, SERVIR y los gobiernos regionales; califica su incumplimiento como infracción grave; y dispone la adecuación de los reglamentos internos y la emisión del reglamento de la ley para fortalecer la protección de la salud, seguridad y bienestar de los trabajadores.

Fecha: 08/07/2026

ECONOMIA Y FINANZAS

DECRETO SUPREMO QUE DICTA DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS PARA EL OTORGAMIENTO DEL AGUINALDO POR FIESTAS PATRIAS EN EL AÑO FISCAL 2026

El Decreto Supremo N.° 128-2026-EF dicta las disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del aguinaldo por Fiestas Patrias correspondiente al Año Fiscal 2026, fijando un monto de hasta S/ 300,00, que será abonado por única vez en la planilla de pagos del mes de julio a los funcionarios, servidores, obreros, docentes, personal de salud, miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, así como a los pensionistas comprendidos en los regímenes establecidos por ley. La norma precisa los requisitos para acceder al beneficio, como haber laborado al 30 de junio de 2026 y contar con una antigüedad mínima de tres meses, regula los casos de pago proporcional, establece reglas específicas para docentes, servidores con jornada parcial, internos de Medicina y Odontología, personal sujeto al régimen de la actividad privada y del Servicio Civil, además de definir las condiciones de financiamiento, incompatibilidades y descuentos aplicables. Asimismo, dispone que el aguinaldo no constituye base de cálculo para otros beneficios o pensiones y establece criterios para garantizar su adecuada aplicación en todas las entidades públicas.

Fecha: 08/07/2026

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

APRUEBAN LA TERCERA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA TECHO PROPIO EN LA MODALIDAD DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS EN SITIO PROPIO CON RECURSOS DEL CANON DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA

La Resolución Ministerial N.° 252-2026-VIVIENDA aprueba la tercera convocatoria del Programa Techo Propio, en la modalidad de Construcción de Viviendas en Sitio Propio, con recursos provenientes del canon del Gobierno Regional de Arequipa, para el otorgamiento de hasta 119 Bonos Familiares Habitacionales (BFH) o hasta el agotamiento de los recursos disponibles. La norma establece el procedimiento para la participación de las Entidades Técnicas, la inscripción y evaluación de los grupos familiares postulantes, así como las reglas para la asignación y desembolso de los bonos. Asimismo, fija el valor del bono en S/ 33 000 para las provincias de Arequipa, Camaná, Castilla, Caylloma e Islay, y en S/ 37 389 para Caravelí, Condesuyos y La Unión, con el objetivo de facilitar el acceso a una vivienda digna mediante la construcción de viviendas en terrenos propios de las familias beneficiarias.

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