En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas el martes 10 de marzo, entre ellas:
1. DECRETO SUPREMO N° 010-2026-RE
2. RESOLUCION MINISTERIAL N° 119-2026-EF/43
Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.
El Decreto Supremo N° 010-2026-RE modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales para el Año Fiscal 2026 de la Ley N° 32153, con el objetivo de redistribuir los montos destinados al pago de cuotas que el Estado peruano realiza a organismos internacionales. La norma dispone reducir el monto asignado al Fondo de Cooperación de la Alianza del Pacífico y aumentar el monto destinado a la Fundación Unión Europea – América Latina y el Caribe, debido a que durante el ejercicio fiscal 2026 corresponde efectuar un pago mayor al inicialmente previsto para esta última entidad, de acuerdo con la priorización de la política exterior del país. Asimismo, se establece que estos pagos se realizarán con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, financiados con recursos ordinarios y calculados según el tipo de cambio vigente al momento del pago. Con esta modificación se busca asegurar el cumplimiento oportuno de las obligaciones internacionales del Perú, garantizando su participación activa en organismos multilaterales, la continuidad de la cooperación internacional y el fortalecimiento de la presencia y los intereses del país en el ámbito global.
La Resolución Ministerial N° 119-2026-EF/43 autoriza el otorgamiento de una subvención de hasta S/ 1 000 000 a favor del Consorcio de Investigación Económica y Social, con el objetivo de financiar el desarrollo de evaluaciones de impacto y otros estudios de evaluación de intervenciones financiadas con recursos del Estado, a fin de mejorar el diseño, implementación y efectividad de las políticas públicas. Esta medida se realiza en el marco de la Ley N° 32153 y del Decreto Legislativo N° 1440, que autorizan al Ministerio de Economía y Finanzas del Perú a otorgar subvenciones para promover evaluaciones independientes de programas financiados con presupuesto público. La norma establece que los recursos se financian con recursos ordinarios del presupuesto institucional del MEF, y que su uso está estrictamente limitado a los fines autorizados. Asimismo, dispone mecanismos de rendición de cuentas y seguimiento, que incluyen la presentación de un plan de trabajo, informes semestrales de avances, reportes financieros y un informe final de resultados, los cuales serán supervisados por la Dirección General de Presupuesto Público. Con ello, se busca fortalecer la calidad del gasto público, promover decisiones basadas en evidencia y asegurar que las intervenciones financiadas con recursos del Estado generen mejores resultados para la ciudadanía.