En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas el 28 de agosto, entre ellas:
Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.
El Decreto Supremo N.° 122-2026-PCM modifica diversos artículos de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial e incorpora la Secretaría Estratégica Presidencial y la Oficina General de Difusión y Prensa. La Secretaría Estratégica Presidencial tendrá a su cargo la articulación y seguimiento de la Política General de Gobierno, las prioridades y metas de gobierno, la comunicación estratégica, la estrategia de servicios digitales y las acciones vinculadas al destrabe administrativo. Asimismo, podrá requerir información, datos, reportes y evidencia a las entidades del Poder Ejecutivo; los gobiernos regionales y gobiernos locales proporcionarán la información requerida en el marco del principio de colaboración y cooperación entre niveles de gobierno. La implementación se financia con cargo al presupuesto institucional del Despacho Presidencial, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. La norma dispone, además, plazos para modificar la Sección Segunda del ROF y adecuar los documentos normativos institucionales.
El Decreto Supremo N.° 168-2026-EF fija en S/ 2 600,00 el monto de la Unidad de Ingreso del Sector Público correspondiente al año 2027. Este valor servirá para calcular y fijar los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado comprendidos en la Ley N.° 28212. Asimismo, será aplicable al cálculo de los ingresos de los funcionarios públicos comprendidos en el artículo 52 de la Ley N.° 30057, Ley del Servicio Civil, cuya compensación económica aún no haya sido fijada conforme a dicha disposición.
El Decreto Supremo N.° 169-2026-EF autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 hasta por S/ 1 817 278,00, con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación, a favor de la Oficina de Normalización Previsional (ONP). Los recursos financiarán la sostenibilidad del pago de pensiones, aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad, bonificaciones y demás conceptos correspondientes a trescientos setenta y nueve (379) pensionistas del régimen del Decreto Ley N.° 20530. Los titulares de los pliegos involucrados deberán aprobar mediante resolución la desagregación de los recursos a nivel funcional programático dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la vigencia de la norma. Las Oficinas de Presupuesto efectuarán las acciones y notas de modificación presupuestaria necesarias, y los recursos transferidos no podrán destinarse, bajo responsabilidad, a fines distintos de los autorizados.
La Resolución Ministerial N.° 309-2026-PCM establece como política de comunicación social del Poder Ejecutivo, de obligatorio cumplimiento para las entidades que lo conforman, el uso de la identidad comunicacional denominada “PERÚ RESPONDE” en las acciones destinadas a informar a la ciudadanía sobre políticas, servicios, intervenciones y acciones del Poder Ejecutivo. Asimismo, aprueba el “Manual de Marca PERÚ RESPONDE”, que regula las características gráficas de la identidad, sus usos y aplicaciones. La Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia del Consejo de Ministros conducirá y supervisará su implementación y podrá emitir disposiciones complementarias. La aplicación de la identidad deberá observar el marco jurídico vigente y las disposiciones relativas a símbolos de la patria, símbolos del Estado, emblemas nacionales y elementos oficiales utilizados en documentos y actuaciones de las entidades públicas.
La Resolución Jefatural N.° D000023-2026-RENIEC/JNAC admite excepcionalmente el uso del Documento Nacional de Identidad (DNI) de menor de edad para sufragar en las Elecciones Regionales y Municipales 2026, previstas para el 4 de octubre de 2026, respecto de los ciudadanos incorporados en el padrón electoral que hayan alcanzado la mayoría de edad y aún no hayan efectuado el cambio de documento. Asimismo, prorroga hasta dicha fecha la vigencia de los DNI caducos o por caducar de los ciudadanos obligados a sufragar. La prórroga produce efectos únicamente para el ejercicio del derecho constitucional al sufragio en este proceso electoral. La resolución dispone poner la medida en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).