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BOLETIN N° 161-2026

Porque estar al día en gestión pública es construir un mejor Characato

En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas el 26 de agosto, entre ellas:

  1. DECRETO SUPREMO N.° 166-2026-EF
  2. DECRETO SUPREMO N.° 010-2026-TR
  3. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N.° 378-2026-EF/50

Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.

1. DECRETO SUPREMO N.° 166-2026-EF

Fecha: 26/08/2026

ECONOMIA Y FINANZAS

DECRETO SUPREMO QUE AUTORIZA TRANSFERENCIA DE PARTIDAS EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2026 A FAVOR DE DIVERSOS PLIEGOS DEL GOBIERNO NACIONAL

El Decreto Supremo N.° 166-2026-EF autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 hasta por S/ 6 544 073,00, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC). Los recursos están destinados a financiar los gastos preliminares correspondientes a procesos de consulta popular con fines de demarcación territorial, vinculados a procesos de anexión, creación distrital y delimitación territorial. Del monto total, S/ 4 230 431,00 corresponden al JNE y S/ 2 313 642,00 al RENIEC. Asimismo, los titulares de los pliegos habilitados deberán aprobar mediante resolución la desagregación de los recursos a nivel funcional programático dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la vigencia de la norma, correspondiendo a las Oficinas de Presupuesto efectuar las acciones y modificaciones presupuestarias necesarias. Los recursos transferidos no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos de los autorizados.

Fecha: 26/08/2026

TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO

DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA LA TRANSFERENCIA FINANCIERA DEL APORTE TOTAL DEL PROGRAMA “LLAMKASUN PERÚ” A FAVOR DE ORGANISMOS EJECUTORES

El Decreto Supremo N.° 010-2026-TR autoriza la transferencia financiera de S/ 1 968 108,00 del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público con los cuales se han suscrito diez (10) convenios, destinados a financiar actividades de intervención inmediata. La transferencia comprende tres actividades vinculadas a situaciones de emergencia, dos actividades correspondientes a la focalización geográfica del Programa Llamkasun Perú 2026-I y cinco actividades adicionales relacionadas con zonas declaradas en estado de emergencia como consecuencia de un movimiento sísmico de magnitud 5.1. Las intervenciones permitirían generar aproximadamente 504 empleos temporales. Los recursos provienen del presupuesto institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a finalidades distintas de las autorizadas. Asimismo, el Programa Llamkasun Perú será responsable del seguimiento, supervisión, control, monitoreo y verificación del cumplimiento de los fines y metas establecidos en los respectivos convenios.

Fecha: 26/08/2026

ECONOMÍA Y FINANZAS

RESOLUCIÓN MINISTERIAL QUE APRUEBA LOS ÍNDICES DE DISTRIBUCIÓN DEL CANON PESQUERO PROVENIENTE DE LOS DERECHOS DE PESCA, CORRESPONDIENTES AL PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2026

La Resolución Ministerial N.° 378-2026-EF/50 aprueba los Índices de Distribución del Canon Pesquero proveniente de los Derechos de Pesca correspondientes al primer semestre del año 2026, que serán aplicados a los gobiernos regionales y gobiernos locales beneficiarios. Los índices son determinados por el Ministerio de Economía y Finanzas sobre la base de los criterios previstos en la Ley N.° 27506, Ley de Canon, y su Reglamento, considerando información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y el Ministerio de la Producción. La distribución se sustenta, entre otros elementos, en criterios de población, necesidades básicas insatisfechas y datos relacionados con los lugares y volúmenes de desembarque de recursos hidrobiológicos. Los índices aprobados permitirán determinar la participación que corresponde a cada gobierno regional y gobierno local beneficiario respecto de los recursos provenientes del Canon Pesquero por Derechos de Pesca durante el referido período.

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