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BOLETIN N° 139-2026

Porque estar al día en gestión pública es construir un mejor Characato

En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas desde el sábado 25 de julio al lunes 27 de julio, entre ellas:

  1. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 278-2026-VIVIENDA
  2. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 308-2026-EF/50
  3. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000178-2026-MIDIS
  4. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00216-2026-PRODUCE
  5. RESOLUCIÓN N° 000110-2026-SERVIR-PE
  6. DECRETO SUPREMO N° 153-2026-EF
  7. LEY N° 32738
  8. RESOLUCION MINISTERIAL N° 641-2026/MINSA
  9. RESOLUCION MINISTERIAL N° 420-2026-MTC/01.03

Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.

1. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 278-2026-VIVIENDA

Fecha: 25/07/2026 - 27/07/2026

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

MODIFICAN REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES

La Resolución Ministerial N.° 278-2026-VIVIENDA modifica las Normas Técnicas G.010 “Consideraciones Básicas” y G.020 “Principios Generales” del Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE), con el propósito de actualizar el marco técnico aplicable a las habilitaciones urbanas y edificaciones conforme a la normativa vigente y a lasactuales necesidades del desarrollo urbano sostenible. La norma redefine los criterios generales del RNE, incorporando un enfoque integral que fortalece la seguridad, la funcionalidad, la accesibilidad universal, la habitabilidad, la salubridad, la protección ambiental y la adecuada integración de las edificaciones con su entorno. Asimismo, actualiza los principios rectores del RNE, incorporando los principios de integridad de las personas, legalidad, seguridad jurídica, unidad, interés público, diseño universal y sostenibilidad, reforzando la coherencia normativa y promoviendo una planificación, diseño, ejecución, supervisión y mantenimiento de las edificaciones orientados al bienestar de la población, la protección del ambiente y el desarrollo urbano sostenible.

Fecha: 25/07/2026 - 27/07/2026

ECONOMIA Y FINANZAS

RESOLUCIÓN MINISTERIAL QUE ESTABLECE MEDIDAS PARA LA ADECUADA IMPLEMENTACIÓN DE LA TRIGÉSIMA CUARTA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL DE LA LEY N° 32732 LEY QUE APRUEBA CRÉDITOS SUPLEMENTARIOS PARA EL FINANCIAMIENTO DE INVERSIONES PÚBLICAS ORIENTADAS AL CIERRE DE BRECHAS LA CONTINUIDAD DE LOS SERVICIOS DEL ESTADO Y GARANTIZAR LA TRANSICIÓN DEMOCRÁTICA; Y DICTA OTRAS MEDIDAS

La Resolución Ministerial N.° 308-2026-EF/50 establece medidas para la adecuada implementación de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 32732, con el objetivo de regular las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional destinadas a fortalecer la Reserva de Contingencia durante el Año Fiscal 2026, priorizando el financiamiento de intervenciones frente al peligro inminente por el Fenómeno de El Niño (FEN) y acciones de seguridad ciudadana. La norma precisa los recursos que no serán considerados para el cálculo de los créditos presupuestarios no comprometidos al 31 de julio de 2026, excluyendo, entre otros, aquellos destinados a programas presupuestales, salud, gestión de riesgos de desastres, inversiones públicas de los gobiernos regionales y locales, determinadas actividades previstas en un anexo y recursos autorizados por la propia Ley N.° 32732. Asimismo, dispone la publicación de la resolución y su anexo, contribuyendo a una aplicación uniforme y eficiente de las medidas presupuestarias para garantizar la continuidad de los servicios públicos y la atención de prioridades nacionales.

Fecha: 25/07/2026 - 27/07/2026

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL

APRUEBAN LINEAMIENTOS DENOMINADO LINEAMIENTOS PARA LA PROMOCIÓN DEL AUTOCUIDADO BIENESTAR INTEGRAL Y LA CORRESPONSABILIDAD EN LAS INTERVENCIONES DEL MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Y SUS PROGRAMAS NACIONALES

La Resolución Ministerial N.° D000178-2026-MIDIS aprueba los “Lineamientos para la Promoción del Autocuidado, Bienestar Integral y la Corresponsabilidad en las Intervenciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Nacionales”, con la finalidad de fortalecer el bienestar integral, la autonomía y la calidad de vida de las personas usuarias de los programas e intervenciones del MIDIS. Los lineamientos promueven el autocuidado, la corresponsabilidad en los cuidados, el fortalecimiento de las redes de apoyo y el desarrollo de capacidades, en concordancia con la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030 y el enfoque de desarrollo humano, derechos humanos y ciclo de vida. Asimismo, disponen que las unidades de organización y los Programas Nacionales del MIDIS adopten las acciones administrativas necesarias para su implementación, contribuyendo al fortalecimiento del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social y a una atención más integral de la población en situación de pobreza o vulnerabilidad.  

Fecha: 25/07/2026 - 27/07/2026

PRODUCE

APRUEBAN LA GUÍA PARA LA OPERATIVIDAD Y BUEN FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS REGIONALES DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA (COREMYPE)

La Resolución Ministerial N.° 00216-2026-PRODUCE aprueba la “Guía para la Operatividad y Buen Funcionamiento de los Consejos Regionales de la Micro y Pequeña Empresa (COREMYPE)”, con la finalidad de fortalecer el funcionamiento de estos espacios de articulación regional encargados de promover la formalización, el desarrollo y la competitividad de las micro y pequeñas empresas (MYPE). La guía establece criterios técnicos orientadores para estandarizar su organización y desempeño, respetando la autonomía política, económica y administrativa de los gobiernos regionales, y fomentando una mayor coordinación con las políticas y lineamientos del Ministerio de la Producción. Asimismo, encarga a la Dirección General de Desarrollo Empresarial la difusión de la guía y la articulación con los gobiernos regionales para impulsar su implementación progresiva, contribuyendo al fortalecimiento de la gobernanza territorial y al desarrollo productivo de las MYPE a nivel nacional. 

Fecha: 25/07/2026 - 27/07/2026

AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL

FORMALIZAN ACUERDO DEL CONSEJO DIRECTIVO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DE LAS DISPOSICIONES SOBRE LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SERVICIOS EN EL MARCO DE LA TERCERA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL DE LA LEY N° 32732 LEY QUE APRUEBA CRÉDITOS SUPLEMENTARIOS PARA EL FINANCIAMIENTO DE INVERSIONES PÚBLICAS ORIENTADAS AL CIERRE DE BRECHAS LA CONTINUIDAD DE LOS SERVICIOS DEL ESTADO Y GARANTIZAR LA TRANSICIÓN DEMOCRÁTICA; Y DICTA OTRAS MEDIDAS

La Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 000110-2026 SERVIR-PE formaliza el acuerdo del Consejo Directivo de SERVIR mediante el cual se aprueban los “Lineamientos para la aplicación de las disposiciones sobre los contratos administrativos de servicios (CAS) en el marco de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 32732”, con la finalidad de establecer criterios para la correcta aplicación de las modificaciones introducidas al régimen CAS por la Ley N.° 32563 y la Ley N.° 32732. Los lineamientos orientan la celebración, prórroga y renovación de los contratos administrativos de servicios, precisando la aplicación del plazo máximo de cinco años para los contratos a plazo determinado y las condiciones para su implementación, conforme a la disponibilidad presupuestaria de las entidades públicas. Asimismo, la resolución dispone la publicación de los lineamientos para promover una aplicación uniforme de la normativa por parte de las entidades del Estado, fortaleciendo la seguridad jurídica y la adecuada gestión del régimen CAS en el sector público.

Fecha: 25/07/2026 - 27/07/2026

ECONOMIA Y FINANZAS

DECRETO SUPREMO QUE AUTORIZA TRANSFERENCIA DE PARTIDAS EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2026 A FAVOR DE DIVERSOS GOBIERNOS LOCALES

El Decreto Supremo N.° 153-2026-EF autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por S/ 15 739 425,00, a favor de diversos gobiernos locales, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con la finalidad de financiar cuatro inversiones en materia de saneamiento y educación orientadas a la reactivación económica. La norma establece que los recursos provienen de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y dispone que las entidades beneficiarias aprueben la desagregación presupuestaria, efectúen las codificaciones y modificaciones presupuestarias correspondientes para su ejecución. Asimismo, precisa que los recursos transferidos solo podrán destinarse a los fines autorizados, contribuyendo a impulsar la inversión pública, el cierre de brechas en servicios básicos y la continuidad de proyectos prioritarios en los gobiernos locales.

Fecha: 25/07/2026 - 27/07/2026

ECONOMIA Y FINANZAS

LEY QUE MODIFICA LA LEY 28181 LEY DE TRANSFERENCIAS DE PUESTOS ESTABLECIMIENTOS Y/O SERVICIOS DE MERCADOS MUNICIPALES PARA PRECISAR SU APLICACIÓN

La Ley N.° 32738 modifica la Ley N.° 28181, Ley de Transferencias de Puestos, Establecimientos y/o Servicios de Mercados Municipales, con la finalidad de precisar el régimen aplicable a la transferencia de puestos y servicios en mercados de propiedad municipal. La norma establece que las municipalidades provinciales y distritales, en ejercicio de su autonomía, pueden adoptar de manera excepcional un mecanismo de venta distinto al previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades para transferir dichos bienes a favor de sus actuales arrendatarios, conductores o posesionarios. Asimismo, precisa que las condiciones de las transferencias, como el plazo, el valor de venta y la forma de pago, se regirán por la Ley N.° 26569, permite adecuar los procesos de transferencia en trámite sin afectar los derechos reconocidos en los procesos iniciados bajo dicha ley y dispone que las municipalidades adecuen sus procedimientos administrativos y ordenanzas. Finalmente, establece un plazo máximo de seis meses para culminar los procesos de transferencia iniciados conforme a la Ley N.° 26569, salvo aquellos que se encuentren judicializados, fortaleciendo la seguridad jurídica y la regularización
de la propiedad en los mercados municipales. 

Fecha: 25/07/2026 - 27/07/2026

SALUD

APRUEBAN DOCUMENTO TÉCNICO DENOMINADO: CONSIDERACIONES PARA LA PREVENCIÓN Y DIAGNÓSTICO TEMPRANO DE LAS MALOCLUSIONES EN NIÑAS Y NIÑOS

La Resolución Ministerial N.° 641-2026/MINSA aprueba el Documento Técnico denominado “Consideraciones para la Prevención y Diagnóstico Temprano de las Maloclusiones en Niñas y Niños”, con el objetivo de fortalecer las acciones de promoción, prevención y detección oportuna de las alteraciones en la oclusión dental durante la infancia. El documento proporciona orientaciones técnicas para el personal de salud, promoviendo la identificación temprana de factores de riesgo y la adopción de intervenciones preventivas que contribuyan al adecuado desarrollo bucodental de las niñas y los niños, en concordancia con la Política Nacional Multisectorial de Salud “Perú, País Saludable al 2030” y las estrategias de salud bucal del Ministerio de Salud. Asimismo, dispone la publicación del documento técnico para facilitar su implementación y contribuir a mejorar la atención preventiva y la calidad de vida de la población infantil.

Fecha: 25/07/2026 - 27/07/2026

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

DISPONEN LA PUBLICACIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO SUPREMO QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1627 DECRETO LEGISLATIVO PARA PROMOVER EL DESPLIEGUE DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE TELECOMUNICACIONES MEDIANTE TECNOLOGÍA DE QUINTA GENERACIÓN (5G) O SUPERIOR APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 004-2025-MTC

La Resolución Ministerial N.° 420-2026-MTC/01.03 dispone la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1627, referido al despliegue de los servicios públicos de telecomunicaciones mediante tecnología 5G o superior, con la finalidad de recibir comentarios, aportes y opiniones de entidades públicas, privadas y de la ciudadanía. La propuesta busca optimizar el marco regulatorio precisando las condiciones de uso del espectro radioeléctrico asignado, fortalecer la seguridad jurídica en el cumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por los operadores, promover un uso más eficiente del espectro y contribuir al cierre de brechas de conectividad. Asimismo, incorpora disposiciones sobre la modificación de los contratos de concesión suscritos bajo este mecanismo, definiendo competencias para la evaluación y aprobación de las respectivas adendas, y establece un plazo de quince días calendario para la recepción de comentarios antes de la aprobación de la norma definitiva.

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