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BOLETIN N° 086-2026

Porque estar al día en gestión pública es construir un mejor Characato

En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas el miércoles 13 de mayo, entre ellas:

  1. DECRETO SUPREMO N° 002-2026-MIMP
  2. DECRETO SUPREMO N° 006-2026-SA

Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.

1. DECRETO SUPREMO N° 002-2026-MIMP

Fecha: 13/05/2026

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES

DECRETO SUPREMO QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE LA LEY N° 28238 LEY GENERAL DEL VOLUNTARIADO APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 003-2015-MIMP

El Decreto Supremo N.° 002-2026-MIMP modifica el Reglamento de la Ley General del Voluntariado para adecuarlo a los cambios introducidos por la Ley N.° 32396, incorporando beneficios para las personas voluntarias inscritas y activas en el Registro de Voluntariado que acrediten al menos cien jornadas en un periodo de dos años; entre estos beneficios se incluyen puntaje adicional para postular a becas administradas por PRONABEC y el reconocimiento de jornadas de voluntariado como créditos académicos en estudios universitarios de pregrado; asimismo, la norma dispone que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables brinde asistencia técnica a organizaciones de voluntariado, promoviendo así una mayor participación ciudadana, fortalecimiento del voluntariado y reconocimiento de su aporte al desarrollo social del país.

Fecha: 13/05/2026

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES

DECRETO SUPREMO QUE INCORPORA LA TERCERA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA AL REGLAMENTO DE LA LEY N° 29698 LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y PREFERENTE ATENCIÓN EL TRATAMIENTO DE PERSONAS QUE PADECEN ENFERMEDADES RARAS O HUÉRFANAS APROBADO CON DECRETO SUPREMO Nº 002-2025-SA

El Decreto Supremo N.° 006-2026-SA incorpora una disposición transitoria al Reglamento de la Ley de Enfermedades Raras o Huérfanas, permitiendo temporalmente que establecimientos de salud de tercer nivel continúen autorizando el uso de medicamentos y productos biológicos de alto costo no incluidos en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME) mientras la Red Nacional de Evaluación de Tecnologías Sanitarias (RENETSA) emite su evaluación multicriterio correspondiente; esta medida busca garantizar la continuidad y acceso oportuno a tratamientos para pacientes con enfermedades raras o huérfanas, especialmente aquellos que ya reciben dichos medicamentos o nuevos pacientes con la misma indicación médica, estableciendo además controles, supervisión y seguimiento obligatorio para asegurar la seguridad del paciente y el adecuado uso de los recursos en salud.

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