En el presente boletín contaremos con diversas normas publicadas el viernes 8 de mayo, entre ellas:
Confiamos en que este esfuerzo de difusión contribuya a una ciudadanía más informada y participativa.
La Ley N.° 32586 crea una nueva regulación del boleto turístico a nivel nacional, estableciendo un sistema físico y digital que permitirá el ingreso integrado a monumentos arqueológicos, museos y lugares históricos del patrimonio cultural administrados por el Estado, con el objetivo de impulsar el turismo, promover la conservación del patrimonio cultural y fortalecer el desarrollo turístico sostenible en las regiones; asimismo, crea comités de coordinación en cada departamento para definir rutas, circuitos, precios y condiciones de uso del boleto turístico, dispone la distribución de los recursos recaudados entre municipalidades, gobiernos regionales y el Ministerio de Cultura para actividades de protección, promoción y acondicionamiento turístico, reconoce el régimen especial del boleto turístico del Cusco administrado por COSITUC, y deroga la anterior Ley del Boleto Turístico, promoviendo una gestión más moderna, articulada y orientada al fortalecimiento del turismo cultural en el país.
La Ley N.° 32587 modifica la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas y la Ley de Represión de la Competencia Desleal con el objetivo de fortalecer la eliminación de trabas ilegales o irrazonables impuestas por entidades públicas, otorgando mayores facultades al INDECOPI para declarar y aplicar la inaplicación general de barreras burocráticas contenidas en disposiciones administrativas o actuaciones materiales; asimismo, permite que cualquier ciudadano pueda presentar denuncias en defensa de intereses colectivos o difusos, fortalece la transparencia y el control sobre las demandas judiciales que interpongan entidades públicas en esta materia, y establece nuevas reglas para la atención de denuncias vinculadas a actos de competencia desleal, buscando así promover una administración pública más eficiente, reducir obstáculos innecesarios para ciudadanos y empresas, y mejorar la competitividad y el acceso a servicios y actividades económicas.
El Decreto Supremo N.° 065-2026-PCM prorroga por sesenta días el Estado de Emergencia en diversos distritos de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín, Tacna y Ucayali, debido al peligro inminente generado por las intensas precipitaciones pluviales; la medida permitirá continuar con acciones urgentes de reducción de riesgos, respuesta y rehabilitación, como limpieza y descolmatación de ríos y quebradas, entrega de apoyo agrario y atención a la población afectada, con participación coordinada del INDECI, gobiernos regionales, gobiernos locales y diversos ministerios, buscando proteger a la población y reducir los impactos ocasionados por las lluvias intensas.
El Decreto Supremo N.° 067-2026-PCM prorroga por sesenta días el Estado de Emergencia en diversos distritos de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín, Tacna y Ucayali, debido a los daños ocasionados por las intensas precipitaciones pluviales; esta medida permitirá continuar con acciones urgentes de respuesta y rehabilitación, como limpieza y descolmatación de ríos y quebradas, apoyo con maquinaria pesada, entrega de insumos agrarios e implementación de soluciones habitacionales temporales, con la participación coordinada del INDECI, gobiernos regionales, gobiernos locales y diversos ministerios, buscando reducir los impactos de las lluvias y proteger a la población afectada.
El Decreto Supremo N.° 068-2026-PCM prorroga por sesenta días el Estado de Emergencia en diversos distritos de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Loreto, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín y Tacna, debido a los daños ocasionados por las intensas precipitaciones pluviales; esta medida permitirá continuar con acciones urgentes de respuesta y rehabilitación, como limpieza y descolmatación de ríos y quebradas, entrega de insumos agrarios e implementación de soluciones habitacionales temporales, con la participación coordinada del INDECI, gobiernos regionales, gobiernos locales y diversos ministerios, buscando reducir los impactos de las lluvias y proteger a la población afectada.
El Decreto Supremo N.° 082-2026-EF aprueba una operación de endeudamiento interno mediante la emisión de bonos soberanos por más de S/ 10.8 millones, destinada a financiar el mejoramiento de los servicios de educación primaria y secundaria de la Institución Educativa N.° 60090 del centro poblado Tempestad, en el distrito de Torres Causana, Loreto; esta medida permitirá ejecutar obras de infraestructura educativa a través de recursos gestionados por el Ministerio de Economía y Finanzas, bajo mecanismos de financiamiento público y reembolso progresivo por parte de la municipalidad beneficiaria, contribuyendo así al cierre de brechas en educación y al fortalecimiento de los servicios públicos en zonas alejadas del país.
El Decreto Supremo N.° 005-2026-IN modifica el Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1218 y de la Ley N.° 30120 con el objetivo de corregir un error material relacionado con la denominación del “Plan de Adecuación de los Sistemas de Videovigilancia”, asegurando coherencia y claridad en la normativa sobre cámaras de videovigilancia públicas y privadas; esta medida fortalece la correcta aplicación de las disposiciones vinculadas a seguridad ciudadana, interoperabilidad y uso de sistemas de videovigilancia como herramientas para la prevención y control del delito dentro del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana.
El Decreto Supremo N.° 005-2026-IN modifica el Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1218 y de la Ley N.° 30120 con el objetivo de corregir un error material relacionado con la denominación del “Plan de Adecuación de los Sistemas de Videovigilancia”, asegurando coherencia y claridad en la normativa sobre cámaras de videovigilancia públicas y privadas; esta medida fortalece la correcta aplicación de las disposiciones vinculadas a seguridad ciudadana, interoperabilidad y uso de sistemas de videovigilancia como herramientas para la prevención y control del delito dentro del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana.
El Decreto Supremo N.° 006-2026-TR aprueba el “Protocolo Intersectorial sobre Trabajo Infantil”, estableciendo lineamientos y acciones coordinadas entre diversas entidades del Estado para prevenir, atender y erradicar el trabajo infantil en el país, especialmente en sus peores formas; esta medida busca fortalecer la protección de los derechos de niños y adolescentes, promoviendo su acceso a la educación, salud y desarrollo integral, mediante la articulación de sectores como trabajo, educación, salud, justicia, interior, mujer y desarrollo social, en cumplimiento de compromisos nacionales e internacionales relacionados con la erradicación del trabajo infantil y la protección de la niñez.